El Consejo de Estado aceptó una nueva demanda de nulidad sobre la elección de Abelardo de la Espriella como presidente y el vicepresidente José Manuel Restrepo. Aunque se negó el uso de suspensión a los funcionarios públicos mientras avanza la investigación.
En la demanda se critica el uso de palabras y expresiones usadas por el entonces candidato Abelardo de la Espriella: «destripar», «dar de baja», entre otras referencias utilizadas para denominar algunos sectores aparentemente «en contra del Estado».
La Sección Quinta fue la encargada de admitir la demanda para la posterior investigación, de acuerdo con la comisión, la violencia psicológica puede constituir una razón para la nulidad electoral. Sin embargo, la Sección reconoce que el uso de las expresiones empleadas por De La Espriella no constituyen una razón determinista para conseguir la nulidad del cargo.

Para que una nulidad electoral pueda llevarse a cabo, debe demostrarse que el uso de las expresiones realmente si tuvieron efecto sobre la psicología de los electores, lo cual se vio reflejado en las urnas.
Adicionalmente, la demanda también señala el uso de ciertos detalles en la campaña de De La Espriella, tales como el uso de símbolos patrios (como la camiseta de Colombia) y una de las principales banderas conocida como el «voto fusil». Aunque la Sección Quinta analizará estos aspectos y expresiones posteriormente a la investigación, al considerar que no tienen el suficiente fundamento dentro de la misma.
La Sección Quinta también tiene en cuenta el estudio realizado por el Colectivo Psicosocial Colombiano (Copsico), el cual habla de la narrativa de violencia aparentemente empleada por la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella.
Sin embargo, el proceso tan solo está en etapa de investigación y evaluación de las pruebas, incluso el propio demandante solicitó ampliar el número de pruebas presentadas para poder determinar la magnitud de los efectos sobre la población votante.
Por ahora, todo quedará en indagaciones para determinar la magnitud de las expresiones y narrativa de la campaña. Por lo cual, aún no se puede declarar la nulidad de los cargos del presidente y vicepresidente colombianos.
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