La Corte Constitucional de Colombia ha ordenado que el articulado del Plan Nacional de Desarrollo (PND) Ley 2294 de 2023 sea sometido nuevamente a votación en el Congreso, específicamente en el Senado, debido a un vicio en el trámite legislativo relacionado con la falta de publicación del informe de conciliación un día antes de su aprobación. Este procedimiento fallido ha llevado a la Corte a determinar la necesidad de subsanar el vicio para cumplir con las normas constitucionales y legislativas.
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Panorama general: La Corte Constitucional ha dictaminado que el Plan Nacional de Desarrollo (PND) Ley 2294 de 2023 debe ser sometido a una nueva votación en el Congreso, específicamente en el Senado, por un error en el proceso legislativo debido a que no se publicó el informe de conciliación con la antelación requerida antes de su aprobación.
En la petición, el Plan Nacional de Desarrollo se deberán volver a votar un total de 45 artículos dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la notificación de esta decisión. La Sala Plena de la Corte tomó esta decisión con siete votos a favor y uno en contra, basada en la ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés, quien argumentó que el defecto podía subsanarse con una nueva votación que respete todos los procedimientos legislativos requeridos.
Este vicio fue descrito por la Corte como una situación «exógena», atribuida a problemas tecnológicos en la página web de la Imprenta Nacional, lo que impidió la publicación adecuada del informe de conciliación. Por lo tanto, la Corte no consideró necesario invalidar por completo la norma, sino que indicó que podría corregirse con un nuevo trámite en el Congreso.
Plan Nacional de Desarrollo de Colombia vuelve al Senado por orden de la Corte
Por qué es importante: Entre los artículos que requieren nueva votación, se incluyen temas diversos como el Consejo Nacional Electoral, la extinción de obligaciones EIS Cúcuta, el control de tráfico de fauna, la explotación estratégica de cobre, la educación para el trabajo, las regiones autonómicas, el personal de las comisarías de familia, el bingo electrónico, la auditoría, y la estrategia nacional contra la corrupción.
El presidente del Senado, Iván Name, deberá informar a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de esta orden una vez finalizado el plazo de 30 días, incluyendo las copias de las actas de la plenaria correspondiente. La Corte, posteriormente, evaluará la constitucionalidad de la ley demandada una vez sea devuelta por el Senado. Hasta que se tome una decisión definitiva, el PND seguirá en vigor y tendrá efecto legal.
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