La medida fue adoptada luego de que el jefe de Estado presentara una acción de tutela en la que alegaba la violación de su derecho al debido proceso y a ser juzgado por su juez natural.
La decisión fue emitida mediante el Auto 554 de 2025, bajo la ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, y fue aprobada por cinco votos contra cuatro.
Los magistrados Jorge Ibáñez, Paola Meneses, José Fernando Reyes y Natalia Ángel Cabo votaron en contra de la medida, mostrando la división interna que generó el fallo en la Sala Plena.
Corte Constitucional protege fuero presidencial de Petro y detiene investigación del CNE
El expediente, identificado como T-10.871.254, fue impulsado tras la presentación de la tutela por parte del presidente Petro, quien argumentó que el CNE estaría extralimitando sus funciones al abrir un proceso administrativo sancionatorio en su contra, sin respetar los fueros que le otorga la Constitución por su condición de jefe de Estado.

Una medida temporal pero significativa
La Corte decidió suspender los efectos de una sentencia previa del Consejo de Estado que autorizaba al CNE a investigar directamente al presidente.
Con esta decisión, quedan congeladas todas las actuaciones administrativas del organismo electoral que involucren a Petro en relación con la supuesta financiación irregular de su campaña.
En su decisión, la Corte también ordenó la suspensión de los términos de prescripción del proceso administrativo en curso. Estos términos se reactivarán una vez se emita y notifique la sentencia definitiva dentro del trámite de la tutela.
Adicionalmente, se instruyó a la Secretaría General del alto tribunal a notificar de manera urgente y prioritaria a todas las partes implicadas en el proceso, y se dejó claro que contra este auto no procede ningún recurso legal.
¿Qué sigue para los demás implicados?
Es importante señalar que esta suspensión aplica exclusivamente para el presidente Gustavo Petro. Las actuaciones contra los otros investigados dentro del mismo proceso ante el CNE continuarán su curso normal.
Entre los mencionados en la investigación figuran miembros del equipo de campaña del mandatario y eventuales donantes.
El caso ha generado un intenso debate jurídico y político en el país. Diversos sectores han cuestionado la competencia del CNE para juzgar al presidente en ejercicio, mientras otros han defendido el principio de igualdad ante la ley, señalando que ningún funcionario debería estar por encima del control institucional.

La decisión de la Corte Constitucional se interpreta como un respaldo a la tesis del presidente sobre la necesidad de respetar los procedimientos constitucionales y la figura del fuero presidencial, que establece que el jefe de Estado solo puede ser investigado por el Congreso a través de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa en un caso que ha capturado la atención pública y que podría tener implicaciones tanto legales como políticas de gran calado en los próximos meses.
La sentencia definitiva de la Corte será clave para determinar el alcance de las competencias del CNE y el respeto al fuero presidencial en Colombia.
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