Elecciones presidenciales: ¿Hasta cuándo pueden renunciar congresistas y ministros que quieran ser presidentes?

Las elecciones legislativas se llevarán a cabo el 8 de marzo de 2026 y la primera vuelta de las Elecciones presidenciales el 31 de mayo del mismo año.

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Las Elecciones presidenciales de 2026 en Colombia comienzan a perfilar el panorama político desde ya, generando interrogantes sobre plazos de renuncia e inhabilidades para quienes deseen aspirar tanto a la Presidencia como al Congreso.

Con base en las normativas vigentes y el cronograma electoral, hay fechas límite que, son de amplio conocimiento entre los actores políticos que pretenden competir en los próximos comicios.

De acuerdo con la información disponible, las elecciones legislativas se llevarán a cabo el 8 de marzo de 2026 y la primera vuelta de las Elecciones presidenciales el 31 de mayo del mismo año. Este calendario ha impulsado a ministros, gobernadores, alcaldes y otros funcionarios a replantear sus planes, pues deben renunciar a sus respectivos cargos dentro de plazos específicos para no quedar inhabilitados.

Posible renuncias en el Gobierno nacional y la vicepresidencia

Posible renuncias en el Gobierno nacional y la vicepresidencia
Presidencia de la República

Los ministros y directores de departamento administrativo que aspiren al Senado o la Cámara de Representantes en 2026 tendrán hasta el 7 de marzo de 2025 para presentar su dimisión.

Este plazo obedece a lo establecido en el artículo 179 de la Constitución Política, que considera inhabilitados para ser legisladores a quienes hayan ejercido “autoridad política, civil, administrativa o militar” dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la elección.

En cuanto a la carrera por la Presidencia, la renuncia para los ministros que quieran aspirar a la Jefatura de Estado debe darse antes del 31 de mayo de 2025. Esta misma fecha se aplica a la Vicepresidencia, por lo que, de hypotético aspirar al máximo cargo, la vicepresidenta y ministra de la Igualdad, Francia Márquez, debería dejar sus funciones en torno a esas fechas.

Aunque Márquez ha expresado que no desea participar en las Elecciones presidenciales de 2026, la normativa establece igualmente la restricción para cualquier persona que ocupe actualmente cargos con poder de decisión política en el Gobierno central.

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Gobernaciones y alcaldías: el impacto regional en las elecciones presidenciales

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Foto: 360 Radio

El fenómeno de las renuncias no se limita al ámbito del Ejecutivo nacional. En el nivel regional, los gobernadores y alcaldes que busquen participar en las próximas Elecciones presidenciales deberán renunciar antes del 30 de mayo de 2025. Esta disposición surge de las mismas inhabilidades constitucionales que aplican para quienes hayan ejercido autoridad política. Por ende, quienes aspiren a cargos de alcance nacional —sea para el Congreso o para la Presidencia— tienen la obligación de separarse del puesto con un año de antelación a la jornada electoral.

Aunque en las elecciones de 2022 hubo exponentes de la política local, como los exalcaldes Federico Gutiérrez y Álex Char, o la exgobernadora Dilian Francisca Toro, hasta el momento ninguno ha manifestado públicamente su intención de postularse para 2026. Sin embargo, es muy probable que algunas figuras locales repitan la estrategia de saltar a la contienda nacional, por lo que los plazos de renuncia se tornan cruciales para sus proyectos políticos.

El caso de los congresistas que aspiren a la Presidencia

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Los congresistas cuentan con una ventaja: no están obligados a renunciar un año antes. Al ser servidores de elección popular directa, no se les aplica el mismo régimen de inhabilidades que a los ministros o gobernadores. En su caso, basta con que dejen su curul antes de inscribirse formalmente como candidatos presidenciales. Esto les permite mantenerse en sus funciones hasta una fecha más cercana al inicio de la campaña y conservar la visibilidad que brinda el Congreso.

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Concejos y asambleas departamentales se rigen por la misma lógica: los ediles y diputados que pretendan saltar a la competencia por la Presidencia tampoco tienen la necesidad de renunciar con un año de antelación. Su renuncia puede producirse unos meses antes, coincidiendo con el inicio formal de la campaña electoral.

¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con los plazos de renuncia?

La normativa colombiana es clara al exponer las sanciones: cualquier funcionario o servidor público que no presente su dimisión dentro de los plazos establecidos quedará inhabilitado para participar en las elecciones. Esto implica que, de formalizar una candidatura, se podría interponer una demanda de nulidad electoral argumentando la violación de la inhabilidad legal. Además, quien incurra en esta falta se arriesga a procesos sancionatorios por parte de los organismos de control.

La importancia de estas fechas recae en mantener la transparencia del juego democrático, evitando que los aspirantes usen sus cargos oficiales para sacar ventajas en campaña. Por ello, es un tema altamente seguido en el ámbito político y en la opinión pública, pues las renuncias anticipadas definen parcialmente el mapa electoral y permiten a los potenciales candidatos reorganizar sus campañas.

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