Por: Redacción 360 Radio
El próximo sábado 23 de enero empieza a regir la nueva reglamentación de cascos en Colombia, según la medida que se estableció en la resolución 23385 del 20 de noviembre de 2020 por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el ministerio de movilidad busca el cumplimiento de medidas mínimas de seguridad que garanticen la vida y seguridad de los conductores y acompañantes de motocicletas.
Estas garantías mínimas obligatorios en los cascos establecen que la cabeza debe estar totalmente inmersa, la hebilla de protección debe estar asegurada y las correas rotas y broches partidos podrían derivar en sanciones económicas para los conductores.
La multa impartida en caso de falta a la norma será $460.845, lo equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes, según el artículo 131 de la Ley 769 de 2002. Además, al no utilizar el casco cuando corresponda, se dará lugar a la inmovilización del vehículo.
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Estas medidas se suman a las establecidas que, mediante la Resolución 1737 de 2004, el Ministerio de Transporte reglamentó sobre la utilización de cascos de seguridad para conducción motocicletas con base en la norma técnica colombiana Icontec NTC 4533, las cuales establecen:
- El casco debe estar fabricado en material resistente a los golpes.
- No debe impedir la visión periférica del conductor.
- Debe cubrir la horma de la cabeza y los oídos hasta a base del cuello.
- Debe tener un cubrimiento de icopor (para que absorba parte del impacto), el rótulo de la empresa fabricante y una marquilla que aclare que el casco cumple con las normas colombianas para su uso.
- Las correas deben ir bien sujetas o amarradas. Debe portar un protector para el rostro y barbilla de los conductores y pasajeros y broches rojos que permitan fijarlo a la cabeza.