La Corte Constitucional anuló el fallo que se había tomado en febrero de 2017, el cual había incluido a las corridas en la lista de eventos en los que se comete maltrato animal.
Por: Redacción 360 Radio
Dicha decisión le había dado al Congreso dos años de plazo, que terminan en el 2019, para legislar sobre este tema antes de que la tauromaquia comenzara a ser como una conducta penalizada.
Este giro en la Corte se presentó porque, conforme con la Sala Plena, había un precedente jurisprudencial que fue desconocido por el fallo tumbado recientemente, el cual indicaba que las corridas de toros se debían respetar en los municipios donde tuvieran un arraigo cultural.
La ley de maltrato animal sigue vigente con esta nueva decisión de la Corte, pero ahora implica que las corridas siguen sin ser consideradas como maltrato animal.
Además, de no ser penalizadas las corridas, tampoco lo serán las novilladas, las peleas de gallos, el rejoneo, las corralejas y el coleo.
Ahora la Corte debe tomar una nueva decisión donde tendrá que explicar cómo se considerarán estos eventos donde se involucran animales.