El Ministerio de Trabajo ha anunciado un nuevos incentivos empresariales que creen y mantengan nuevos empleos formales en Colombia. Este incentivo, establecido bajo el Decreto número 0533, será financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación y estará dirigido a diferentes tipos de entidades empleadoras.
Le puede interesar: Flexibilizar la regla fiscal en Colombia: MinHacienda presentará proyecto
Panorama general: El Ministerio de Trabajo introdujo un incentivo para empresas que generen y sostengan nuevos empleos formales en Colombia, según el Decreto 0533, financiado por el Presupuesto General de la Nación y disponible para varios tipos de empleadores.
Para ser elegibles para este incentivo, los empleadores deben demostrar su condición de empleadores a través de la Planilla Integrada De Liquidación De Aportes (PILA) y mantener formalmente vinculados a los trabajadores adicionales por un período mínimo de seis meses, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Ministerio de Trabajo.
Detalles de los incentivos empresariales para la creación de empleos
Los incentivos variarán según la categoría del trabajador y sus condiciones:
- Para jóvenes entre 18 y 28 años que hayan cotizado en los subsistemas correspondientes durante los seis meses previos a la fecha de postulación, se otorgará un incentivo del 30 % de un salario mínimo por cada trabajador adicional formalmente vinculado.
- Para mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres salarios mínimos, el incentivo será del 20 % de un salario mínimo.
- Para hombres en la misma categoría de edad y salario, el incentivo será del 15% de un salario mínimo.
- Para personas con discapacidad, el incentivo será del 35 % de un salario mínimo.
Por qué es importante: Es importante destacar que cada empleador podrá recibir un máximo de 24 incentivos por cada trabajador vinculado durante la vigencia de este programa.
Además, se otorgará un porcentaje adicional del 10% sobre los incentivos mencionados anteriormente para aquellas personas que no hayan cotizado en los últimos cuatro meses o más antes de su vinculación laboral.
Detalles: El decreto establece que no se podrá considerar como trabajador adicional aquel que se haya vinculado con el fin de reemplazar a otro trabajador que estaba vinculado anteriormente.
Este incentivo, que entra en vigor a partir de la fecha de publicación del decreto y finaliza en el mes de agosto, busca fomentar la generación de empleo formal en el país y apoyar a diferentes grupos de trabajadores en su inserción laboral.