Nuevo decreto tributario ajustaría tarifas de autorretención en Colombia desde mayo de 2025

El Gobierno publicó un borrador de decreto que propone la modificación de tarifas de autorretenciones en Colombia para alinear el recaudo fiscal con la nueva dinámica económica del país.

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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios un borrador de decreto que modificaría sustancialmente las tarifas de autorretención en la fuente y las bases mínimas para practicar la retención del impuesto sobre la renta. La propuesta busca alinear el recaudo fiscal con la nueva dinámica económica del país.

En medio de un entorno económico caracterizado por la reactivación y cambios jurisprudenciales recientes, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ha puesto a disposición del público un borrador de decreto que contempla una profunda reforma a las tarifas de autorretención y a las condiciones para aplicar la retención en la fuente.

Aunque aún no ha sido oficializado, el documento ya ha despertado el interés de diversos sectores económicos y tributarios.

Ministerio de Hacienda publica borrador de decreto para modificar retenciones y tarifas de autorretenciones tributarias

Ministerio de Hacienda publica borrador de decreto para modificar retenciones y tarifas de autorretenciones tributarias

Una propuesta que responde a nuevas condiciones económicas: El borrador plantea sustituir múltiples artículos del Decreto 1625 de 2016, el cual es el compendio reglamentario de la normativa tributaria en Colombia. Las modificaciones se centran en los capítulos relacionados con las tarifas de autorretención y los umbrales mínimos para aplicar retenciones, aspectos clave para el recaudo anticipado del impuesto sobre la renta.

El documento fue sustentado con un estudio de la Dirección General de Política Macroeconómica del Ministerio de Hacienda, en el cual se argumenta que las condiciones económicas de 2024 —un año con una tasa de crecimiento casi tres veces superior a la de 2023— justifican una actualización del sistema tributario.

Sectores como agricultura, construcción y minería han tenido un desempeño destacado, lo que, según el Ministerio, requiere un ajuste proporcional en la política fiscal.

Por qué es importante: Aunque se trata de un borrador, el alcance de los cambios sugeridos impactaría significativamente el comportamiento fiscal de empresas y contribuyentes. Uno de los puntos neurálgicos es la existencia de amplias brechas entre las autorretenciones actuales y el impuesto efectivamente causado, especialmente en sectores extractivos y productivos.

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La administración tributaria considera que este desfase ha representado un costo de oportunidad en materia de recaudo, razón por la cual propone ajustar las tarifas de autorretención para que reflejen con mayor fidelidad la realidad económica de los contribuyentes.

Asimismo, el borrador responde a la Sentencia C-489 de 2023 de la Corte Constitucional, que tumbó la prohibición de deducir las regalías pagadas por el sector minero-energético, lo que obligó al Ejecutivo a repensar el modelo de tributación de esas actividades.

Detalles del borrador: Entre los cambios más relevantes, el borrador plantea que:

  • Los pagos por servicios inferiores a dos Unidades de Valor Tributario (UVT) no estarán sujetos a retención.
  • En el sector agrícola, no se aplicará retención si el pago no supera las 70 UVT. De exceder esa cifra, se aplicaría una tarifa del 1,5%.
  • Para el café pergamino o cereza, la tarifa de retención sería del 0,5% cuando el valor supere las 70 UVT, con una sumatoria por fecha y por vendedor-comprador.
  • En la compra de oro por parte de sociedades de comercialización internacional, la tarifa sería del 2,5%.

Además, el artículo 1.2.6.8 propone una tabla detallada de tarifas por actividad económica para autorretenedores. Por ejemplo:

  • Extracción de petróleo crudo: 2,7%.
  • Extracción de carbón: hasta 4,5% dependiendo del tipo.
  • Cría de ganado y cultivos agrícolas: 1,2%.
  • Pesca y procesamiento de alimentos: entre 0,55% y 1,2%.
  • Construcción de carreteras o edificaciones: entre 1,1% y 3,5%.

En total, la propuesta cubre decenas de códigos CIIU, afectando a múltiples sectores económicos, desde la manufactura hasta los servicios financieros y la tecnología.

Contexto y panorama general: Esta iniciativa se enmarca en un proceso más amplio de actualización tributaria impulsado por el Gobierno Nacional, con el fin de hacer más eficiente el sistema y fortalecer el recaudo sin crear nuevas cargas impositivas, sino ajustando las existentes. La intención declarada es mejorar la progresividad del sistema y reducir los niveles de evasión.

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El borrador también destaca el buen desempeño del sector cafetero, que tuvo un año histórico en 2024 gracias a la renovación de cultivos y a precios internacionales en niveles récord. Para 2025, se espera que esta tendencia continúe, consolidando al café como uno de los motores fiscales del país.

Lo que sigue: El documento fue publicado para comentarios en el portal del Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de la normativa sobre transparencia regulatoria. Las observaciones de ciudadanos, gremios y expertos podrán ser tenidas en cuenta antes de la versión definitiva del decreto, que se espera sea emitido a finales de abril.

De aprobarse, las nuevas reglas comenzarían a regir a partir del 1 de mayo de 2025. Hasta entonces, las tarifas actuales seguirán vigentes.

Aunque se trata de una propuesta preliminar, el borrador de decreto podría reconfigurar el mapa de obligaciones tributarias en Colombia. Su impacto se sentirá particularmente en sectores con fuerte dinámica exportadora y en aquellos que han mostrado mayor reactivación. La clave estará en lograr un equilibrio entre eficiencia recaudatoria y sostenibilidad empresarial.

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