El Hecho: El Ministerio del Trabajo recordó que el próximo 30 de junio vence el plazo impostergable para que los empleadores paguen la primera cuota de la prima de servicios.
¿Por qué es importante?: Este año el cálculo es un reto técnico por la reforma laboral de 2026, que adelantó la jornada nocturna a las 7:00 p.m. e incrementó el costo de los turnos.
¿Cuál es el contexto?: La nueva ley elevó al 80% el recargo por trabajar en dominicales y festivos, lo que aumentó los ingresos semestrales de los trabajadores y, por ende, la base de liquidación de su prestación.
¿A quiénes afecta y cómo?: Afecta a las Mipymes en su flujo de caja y a sectores como la seguridad privada, cuyos guardas verán un aumento en su prima al promediarse sus horas extra y recargos.
El dato que no se puede perder: Para un vigilante con salario mínimo de $1.750.905, auxilio de transporte de $216.505 y recargos, la base de liquidación puede subir a $2.337.410, recibiendo una prima de $1.168.705.
La cuenta regresiva para el pago de la prima de servicios de mitad de año ha entrado en su fase definitiva. Mientras millones de trabajadores colombianos planean el destino de este alivio financiero, las áreas de recursos humanos y nómina corren contra el reloj. El Ministerio del Trabajo ha sido enfático: el próximo 30 de junio vence el plazo impostergable para que los empleadores depositen la primera cuota de esta prestación social obligatoria.
La prima de servicios, que equivale a un mes de salario por cada año laborado (pagadero en dos partes: junio y antes del 20 de diciembre), presenta este año un rompecabezas técnico para ciertos sectores productivos. Entre ellos destaca el de la seguridad privada y la vigilancia, un gremio cuyos ingresos habituales están fuertemente ligados a la rotación de turnos y las jornadas extendidas.
Panorama general: Para los trabajadores, este ingreso adicional suele destinarse a la amortización de deudas, planes de ahorro, educación o turismo de mitad de año, lo que dinamiza de forma directa el consumo interno. Sin embargo, para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), las próximas semanas representan un desafío logístico y de flujo de caja que requiere planeación financiera anticipada para evitar contratiempos de última hora.
Las autoridades laborales del país suelen intensificar por estas fechas sus campañas de pedagogía y fiscalización, recordando que el incumplimiento en los tiempos de pago no solo vulnera los derechos del trabajador, sino que expone a las empresas a severas sanciones económicas y multas que pueden afectar su reputación y estabilidad operativa.
Prima de servicios de mitad de año: El reto de liquidar con la nueva reforma

A diferencia de los empleados con un sueldo administrativo fijo, el cálculo de la prima para un guarda de seguridad exige un análisis minucioso de sus planillas. La ley colombiana estipula que todos los conceptos que constituyan salario, como las horas extra, los recargos nocturnos y el trabajo en domingos y festivos, deben promediarse e incluirse de forma obligatoria en la base de liquidación.
Este año, la tarea adquiere una mayor complejidad debido a la plena vigencia de las nuevas reglas del juego derivadas de la reforma laboral. En este 2026, dos cambios legislativos clave han modificado sustancialmente los ingresos mensuales de los vigilantes y, por rebote, el valor de sus prestaciones:
Adelanto de la jornada nocturna: El recargo nocturno comenzó a aplicarse formalmente a partir de las 7:00 p. m., extendiendo el tiempo en que las empresas deben pagar este sobresueldo.
Aumento en dominicales: El recargo por trabajar en días de descanso obligatorio o festivos se elevó al 80 %, incrementando el costo de los turnos de fin de semana.
Al aumentar el valor de los recargos acumulados mes a mes durante el primer semestre, la base salarial sobre la que se calcula la prima es notablemente más alta en comparación con periodos anteriores.
Por qué es importante: Para entender el efecto real de estas variables, analicemos el caso de un vigilante que devenga el salario mínimo legal vigente de 2026, fijado en $1.750.905, y cuenta con el auxilio de transporte obligatorio de $216.505.
Si a este trabajador se le suman los promedios mensuales de sus recargos bajo la nueva normativa (por ejemplo, $150.000 por concepto de recargos nocturnos, $100.000 en horas extra y $120.000 por la cobertura de dominicales y festivos), la base real para liquidar su prestación no se limita a su sueldo básico.
En este escenario, la base de liquidación asciende a $2.337.410. Al aplicar la fórmula legal para el semestre completo trabajado, el empleado recibiría una prima de junio de $1.168.705, una cifra significativamente mayor a la que obtendría si solo se tomara en cuenta el salario mínimo de contratación.
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