Rappi enfrenta investigaciones de Supersociedades y formulación de dos pliegos de cargos 

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Rappi habría incumplido las disposiciones establecidas en el Capítulo X y del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica.

La Superintendencia de Sociedades informó este lunes 17 de julio que dio apertura de dos investigaciones administrativas y la consecuente formulación de dos pliegos de cargos en contra de la compañía Rappi S.A.S., con fundamento en las facultades previstas en el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.

Según la entidad, las anteriores actuaciones administrativas obedecen a la presunta responsabilidad administrativa de la sociedad por el aparente incumplimiento de las disposiciones establecidas en el Capítulo X y del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica, relativas al régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas (SAGRILAFT) y la obligación de la cabal implementación de un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), respectivamente.

El Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, señaló que: “En el marco de la política de supervisión de la Entidad, de las disposiciones de la Ley mercantil y las recomendaciones de las organizaciones y entes intergubernamentales, la Entidad continúa con el compromiso de verificar el cumplimiento de las directrices en materia del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral, en aras de prevenir consecuencias negativas para la economía del país y para las compañías, que puedan traducirse en riesgos operacionales, legales, reputacionales y de contagio”.

La Superintendencia de Sociedades indicó además que si con posterioridad a adelantarse los correspondientes procedimientos administrativos sancionatorios se logra establecer la responsabilidad de la compañía por la trasgresión a las disposiciones relativas a SAGRILAFT y PTEE, se podrá imponer multas de hasta doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes a Rappí.

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