Un nuevo pulso jurídico sacude a la administración distrital de Cali. El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias sancionó al alcalde de la ciudad, Alejandro Eder, con cinco días de arresto y una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes. La decisión responde a un incidente de desacato relacionado con el incumplimiento de la sentencia de tutela T-411, proferida el pasado 13 de agosto.
Panorama general: El origen de este proceso se remonta al 23 de abril, cuando el abogado Élmer José Montaña Gallego interpuso un derecho de petición dirigido a la Alcaldía. En dicha solicitud, el jurista exigía acceso a documentos, soportes técnicos, detalles contractuales y pormenores de cuatro convenios firmados entre el Distrito y Propacífico, una entidad privada sin ánimo de lucro.
Ante la aparente falta de una respuesta satisfactoria, Montaña acudió a la acción de tutela. Como resultado, el juzgado ordenó el pasado 13 de agosto que la Alcaldía entregara de manera completa la información y las pruebas solicitadas en un plazo máximo de tres días.
Alcaldía de Cali aclara que la sanción contra Alejandro Eder no está en firme ni es inmediata

Aunque el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública remitió un informe y documentación el 4 de septiembre, el despacho judicial, encabezado por el juez Carlos Restrepo, concluyó que la administración no acató la orden de forma integral. Para el juez, los documentos aportados no respondieron con claridad ni precisión a los interrogantes planteados, sumado a que no se hallaron evidencias de que la contestación hubiera sido enviada al correo electrónico oficial del peticionario, vulnerando así sus derechos fundamentales.
Además de la sanción de arresto y la multa económica, que deberá consignarse en una cuenta del Banco Agrario destinada para tal fin, el fallo ordenó compulsar copias a la Policía Nacional y al Consejo Superior de la Judicatura.
Pese a la contundencia del fallo de primera instancia, la orden no se ejecutará de manera inmediata. Ana Catalina Castro, directora del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública de la Alcaldía, explicó a través de un comunicado oficial que la providencia fue remitida en consulta ante los Juzgados Civiles del Circuito de Cali.
Por qué es importante:De acuerdo con lo estipulado en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, que reglamenta la acción de tutela, la sanción queda legalmente suspendida mientras el juez de superior jerárquico revisa el expediente y define si la confirma o la revoca.
«Es indispensable transmitir absoluta tranquilidad a la ciudadanía y a los medios de comunicación. Esta medida no es definitiva ni tiene aplicación inmediata, toda vez que cuenta por ley con la instancia de consulta ante un juez de superior jerárquico», señaló Castro en el documento oficial emitido este 20 de septiembre.
Asimismo, la funcionaria recalcó que el Distrito ha continuado trabajando en la recolección y entrega exhaustiva de la información requerida junto con las dependencias ejecutoras, con el propósito de demostrar que no ha existido una omisión voluntaria ni por parte del mandatario ni de su equipo de trabajo.
Desde la administración distrital reiteraron su respeto irrestricto por las decisiones de la rama judicial, así como su compromiso con la transparencia en los asuntos públicos y la garantía del derecho fundamental de petición para todos los ciudadanos.
¡Importante! 🚨
Decisión de desacato contra el alcalde de Cali no está en firme: proceso pasa a grado de consulta y no tiene efectos inmediatos.#CaliSomosTodos pic.twitter.com/9JclLgnlcu
— Alcaldía de Cali (@AlcaldiaDeCali) September 20, 2026
