Todos sobre las Cesantias 2026: Fecha límite, intereses y fondos

Con el arranque del año, millones de empleados formales en Colombia esperan el pago de los intereses de las cesantías.

Con el inicio de 2026, millones de trabajadores colombianos que cuentan con un empleo formal esperan un ingreso clave para aliviar los gastos típicos del comienzo de año: el pago de los intereses de las cesantías. Este beneficio, que no hace parte del salario mensual, se entrega directamente al trabajador y suele convertirse en un respaldo para cubrir matrículas, deudas acumuladas o el impacto de los ajustes de precios que trae cada nuevo año.

A diferencia de las cesantías, que son consignadas en un fondo especializado para su uso en vivienda, educación o en caso de desempleo, los intereses se pagan en efectivo por parte del empleador. La ley establece que este dinero debe llegar al bolsillo del trabajador a más tardar el 31 de enero, una fecha que no es negociable y cuyo incumplimiento acarrea sanciones económicas para las empresas.

Los intereses de las cesantías llegan en enero para aliviar el bolsillo de los trabajadores

El marco legal colombiano fija dos hitos claros. Primero, el pago de los intereses de las cesantías dentro del mes de enero. Segundo, la consignación de las cesantías correspondientes al año anterior en el fondo escogido por el trabajador, proceso que debe completarse a más tardar el 14 de febrero. Estos recursos hacen parte de la protección social diseñada para garantizar un respaldo financiero ante contingencias o proyectos de mediano plazo.

Cuando un empleador no cumple con el pago de los intereses dentro del plazo legal, la normativa contempla una penalidad. La Ley 52 de 1975 señala que, en caso de mora, el trabajador tiene derecho a recibir una suma adicional equivalente al valor de los intereses causados, a manera de indemnización. Esta obligación solo se puede exceptuar si existen retenciones autorizadas por la ley o acuerdos debidamente formalizados entre las partes.

El monto que recibe cada trabajador depende del saldo de sus cesantías acumuladas y del tiempo efectivamente laborado durante el año. La tasa reconocida es del 12 % anual sobre el valor de las cesantías al cierre de diciembre, y cuando el contrato no cubre el año completo, el cálculo se realiza de manera proporcional a los días trabajados. De esta forma, el beneficio se ajusta a la realidad de cada vínculo laboral y garantiza un trato equitativo entre quienes tienen trayectorias laborales distintas.

Todos sobre las Cesantias 2026: Fecha límite, intereses y fondos

Este derecho aplica únicamente para quienes cuentan con un contrato laboral formal, ya sea a término fijo o indefinido. Quedan por fuera quienes trabajan bajo esquemas de prestación de servicios, por obra o por días, así como aquellos vinculados a regímenes especiales que no contemplan esta prestación social. Por ello, conocer la modalidad de contratación es clave para saber si se puede exigir el pago.

Si un trabajador no recibe los intereses de las cesantías en la fecha establecida, la recomendación inicial es hacer una solicitud formal al empleador, dejando constancia del reclamo. En caso de que no haya respuesta o persista el incumplimiento, el siguiente paso es acudir al Ministerio de Trabajo, donde se puede solicitar asesoría y mediación. Como última instancia, también es posible recurrir a un juez laboral para exigir el pago y la indemnización correspondiente.

En un contexto en el que el costo de vida sigue presionando los ingresos de los hogares, este recurso representa un alivio importante para quienes dependen de un salario y buscan comenzar el año con mayor estabilidad financiera.

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