Tome nota del Pico y Placa para este viernes 25 de abril en Medellín

Recuerde que la restricción aplica para Medellín y los otros nueve municipios del área metropolitana del Valle de Aburrá entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m.

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La consecuencia de violar la restricción del pico y placa en Medellín y el Área Metropolitana le puede salir costosa, pues además de la multa económica que ronda los $712.000 -medio salario mínimo-, la Secretaría de Movilidad podría llevar su vehículo a sus propios patios, lo que puede generarle unos gastos adicionales.

Este viernes 25 de abril, en Medellín y el resto de municipios del área metropolitana del Valle de Aburrá, rige la medida del pico y placa, entre las 5:00 a.m. y 8:00 p.m., para los carros cuyas placas terminen en 0 y 6 y para las motos de 2 y 4 tiempos cuyas placas inicien en 0 y 6.

Del mismo modo, los taxis con placas finalizadas en 6, deben permanecer en sus correspondientes puntos de parqueo este viernes. Estos, deben respetar la restricción entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.

Tome nota del Pico y Placa para este viernes 25 de abril en Medellín

Vale destacar que la infracción por violar el pico y placa tiene como penalidad una multa equivalente a medio salario mínimo mensual vigente. Esta aplica tanto para Medellín como para los otros nueve municipios que completan la jurisdicción del área metropolitana: Envigado, Itagüí, Sabaneta, La Estrella, Caldas, Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa.

Estos son los Vehículos sin pico y placa en la capital antioqueña y en AMVA

Es válido recordar que hay vehículos exentos de la medida, como los carros eléctricos, híbridos y a gas natural que cuenten con licencia de tránsito al día.

En el mismo sentido, los automotores dedicados a la atención de emergencias, que presten atención médica personalizada y/o domiciliaria, que se dediquen a labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos o el trasplante de los mismos.

Los vehículos de transporte de alimentos y/o elementos perecederos; los vehículos de carga, los dedicados a la prestación de servicios públicos, aquellos que son propiedad de medios de comunicación y los que estén al servicio de organismos de seguridad nacional y preservación del orden público.

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Por último, están exentos también los vehículos de tránsito, aquellos en que se transportan personas enfermas y/o discapacitadas, los carros de valores y de seguridad, autos con blindaje igual o superior a nivel tres y carros fúnebres.

¿Cuáles son las vías exentas?

En la capital antioqueña esta prohibición no rige en la avenida Regional, vía Iguaná Sur, calle 10, avenida Las Palmas, la vía a Occidente y el Túnel Aburrá Oriente.

Los cinco corregimientos, San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Altavista, Santa Elena y San Antonio de Prado, también se encuentran exentos de la medida.

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