Este es el nuevo precio de los arriendos en Colombia para 2026

El DANE reveló que el IPC de 2025 fue de 5,10 %, una cifra que se convierte en el límite máximo para el incremento del canon de arrendamiento de vivienda urbana durante 2026, según lo establece la ley.

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El arranque de 2026 llega con cuentas claras, y otras inevitables, para millones de hogares en Colombia. Este 8 de enero, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) reveló el dato oficial de inflación de 2025, una cifra que se convierte en referencia obligada para varios ajustes económicos que entran en vigor este año, entre ellos el aumento del canon de arrendamiento y, en algunos casos, de las cuotas de administración.

De acuerdo con el informe oficial, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) cerró 2025 con una variación anual de 5,10 %, una cifra ligeramente inferior a la registrada en 2024 (5,20 %) y que marca el tope máximo para el incremento de los arriendos durante 2026.

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¿Cómo se ajusta el canon de arriendos?

Las reglas para el aumento del arriendo están definidas en la Ley 820 de 2003, que regula el régimen de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia. La norma es clara: una vez transcurridos 12 meses desde el inicio del contrato, el arrendador puede aplicar un ajuste al canon mensual, siempre que cumpla con dos condiciones fundamentales.

La primera es que el incremento no puede superar el 100 % del IPC del año inmediatamente anterior. En este caso, el límite para 2026 es el 5,10 %, correspondiente a la inflación registrada en 2025. Es importante subrayar que este porcentaje es un techo, no una obligación: el propietario puede decidir aplicar un aumento menor o incluso no hacerlo.

La segunda condición es que el valor del arriendo, aun después del ajuste, no puede exceder el 1 % del valor comercial del inmueble, o de la parte de este que se encuentre arrendada.

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¿Cómo se ajusta el canon de arriendos?

Por qué es importante: El reajuste no se realiza automáticamente en enero para todos los contratos. La ley establece que el aumento solo puede aplicarse a partir de la fecha de aniversario del contrato. Es decir, si el contrato fue firmado en marzo, el incremento podrá hacerse efectivo desde marzo de 2026, no antes.

El cálculo es sencillo y se puede hacer con una regla básica de tres. Basta con multiplicar el valor actual del canon por el porcentaje de aumento autorizado (en este caso, 5,10 %) y dividir el resultado entre 100.

Por ejemplo, si un inquilino paga actualmente un arriendo de $1.600.000 mensuales y el arrendador decide aplicar el incremento máximo permitido:

  • Aumento: $1.600.000 × 5,10 % = $81.600

  • Nuevo canon mensual: $1.681.600

Este será el valor a pagar durante los siguientes 12 meses, siempre que el contrato se mantenga vigente y no se pacten otras condiciones entre las partes.

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