Los privados deberán asumir los costos de importación y la aplicación de las vacunas contra el Covid-19 que adquieran, según declaraciones del Ministerio de Salud.
Por: Redacción 360 Radio
Ayer, el Ministerio de Salud dio a conocer la Resolución 507, mediante la cual se regula la adquisición, importación y aplicación de las vacunas contra el Covid-19 por parte de los privados que decidan comprarlas. Estas son las directrices planteadas por la cartera de Salud:
En primer lugar, los privados deberán asumir los costos de la importación cada dosis, así como adelantar las negociaciones directamente con las farmacéuticas que las producen, por ejemplo, con Pfizer o AstraZeneca y establecer las condiciones de estos procesos.
Un punto relevante que se plantea en esta resolución es que solo podrán importarse las vacunas que cuenten con el sello de emergencia que otorga el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
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Así, una vez los privados adquieran las vacunas, estas solo podrán aplicarse en las sedes de las entidades prestadoras de salud que están autorizadas por las Secretarías de Salud para inmunizar a los colombianos.
Además, si la persona que va a vacunarse tiene algún nexo o vínculo contractual con el privado importador, deberá recibir la o las dosis de la vacuna de manera gratuita.
Con estas directrices claras, las empresas privadas que decidan adquirir biológicos por su propia cuenta deberán asumir los costos necesarios y hacerse responsables del proceso de vacunación. Por su parte, el Ministerio de Salud explicó que confirmará las fechas en los próximos días para que estas inicien la inmunización.