Alcaldía de Bogotá responde a suspensión provisional del POT

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El Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá suspendió provisionalmente el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) propuesto por Claudia López.


Miguel Uribe había indicado en la demanda que “Claudia López expidió el Plan de Ordenamiento Territorial sin competencia legal, poniendo en riesgo la reactivación económica y destruyendo la planeación de la ciudad”. Anoche, Uribe insistió en señalar que la mandataria no tenía la facultad legal para expedir el POT por decreto y que la medida provisional implica que mientras se toma la decisión de fondo sean suspendidos los efectos del POT, “para evitar que haya un daño irremediable a la ciudad”.

De esa forma, el juez Samuel Palacios Oviedo accedió a la solicitud del exsecretario de Gobierno y hoy senador electo Miguel Uribe Turbay, quien había demandado a mediados de febrero el decreto distrital.

Frente a esto, la Alcaldía de Bogotá se pronunció este miércoles 15 de junio y argumentó de la siguiente manera: “Según lo señalado por el juzgado, no se debía tener en cuenta el tiempo del trámite de las recusaciones como parte de los 90 días de plazo que tiene el concejo para pronunciarse. Esta tesis conllevaría a que resultara inútil el término perentorio que la ley dio para que se expidiera una norma de vital importancia para la ciudad. El Concejo de Bogotá ya ha venido aplicando su propio reglamento, que tramita las recusaciones de una manera distinta a la que sugiere el fallo”.

“Respetamos el fallo, pero disentimos del fondo del mismo. Por esta razón, presentaremos una apelación de esta medida ante el Tribunal Superior de Cundinamarca. Asumir que el trámite de una recusación o de un impedimento suspende los términos perentorios establecidos en la Ley para el trámite de normas de especial categoría como el POT ante los Concejos Municipales o de leyes tales como el Plan Nacional de Desarrollo, el Presupuesto General de la Nación o del Plan de Inversiones ante el Congreso de la República, implicaría poner en vilo la entrada en vigencia de tales normas de trascendental importancia para la ciudadanía, afectando gravemente el funcionamiento de las ciudades y el país”, agregó el documento entregado a medios de comunicación.

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Por último, al Alcaldía señaló al exalcalde Enrique Peñalosa en uno de sus apartados: “No es coincidencia que el autor de la demanda que dio origen a la decisión del Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá sea el exsecretario de Gobierno de Enrique Peñalosa, y hoy congresista electo del uribismo, quien además perdió las elecciones a la Alcaldía en 2019 quedando en último lugar por el rechazo de los ciudadanos”.

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