En un esfuerzo por despejar las dudas jurídicas y operativas que surgen durante las contingencias epidemiológicas, la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI) emitió un pronunciamiento clave sobre las responsabilidades de las concesiones aeroportuarias. El gremio fue enfático al señalar que, si bien los aeropuertos son la puerta de entrada al país, los operadores privados tienen límites claros en sus facultades de control sanitario.
La aclaración surge en un momento en que la eficiencia de los protocolos en zonas de flujo masivo vuelve a estar bajo la lupa. Según la CCI, la administración de una terminal aérea implica garantizar la infraestructura y la logística, pero no otorga autonomía para tomar decisiones de salud pública que competen exclusivamente al Estado. El eje central del comunicado radica en la diferenciación entre la «administración del espacio» y el «ejercicio de la autoridad». La CCI recordó que los contratos de concesión están diseñados para la operación, mantenimiento y modernización de las instalaciones. No obstante, ante una alerta sanitaria, el mando operativo se traslada a entidades como el Ministerio de Salud, las secretarías locales y Migración Colombia.
¿Quién controla la salud en los aeropuertos? La CCI explica el protocolo vigente
«Es vital que la opinión pública y los entes de control comprendan que el concesionario es un facilitador de la infraestructura. La potestad para restringir el ingreso de pasajeros, realizar tamizajes médicos o imponer cuarentenas recae sobre los hombros de las autoridades sanitarias competentes», señala el documento gremial.

Esta distinción es fundamental para evitar procesos sancionatorios injustificados contra las empresas privadas cuando se presentan fallas en los controles médicos en los aeropuertos. El gremio argumenta que el personal del concesionario no cuenta con la formación ni la investidura legal para realizar diagnósticos o procedimientos clínicos. A pesar de la delimitación de competencias, la CCI subrayó que existe un compromiso total por parte de los aeropuertos para colaborar en la logística. Esto incluye la disposición de áreas especiales para el aislamiento preventivo, la instalación de señalética informativa y la facilitación de tecnología (como cámaras térmicas o puntos de desinfección) que las autoridades requieran.
Sin embargo, la provisión de estos recursos debe estar alineada con las directrices nacionales. «El aeropuerto pone la casa y las herramientas, pero el médico y el juez son del Estado», explicaron expertos del sector. Esta estructura asegura que la respuesta ante una emergencia sea uniforme y no dependa de los criterios individuales de cada terminal aérea.
Para la Cámara, esta claridad es esencial para la seguridad jurídica del sector transporte. El riesgo de que se le exija a un operador privado asumir roles de vigilancia epidemiológica podría derivar en sobrecostos operativos no previstos en los contratos originales y, peor aún, en una vulneración de los derechos de los viajeros. El pronunciamiento también hace un llamado a fortalecer la interoperabilidad entre las bases de datos de salud y los sistemas de registro de las aerolíneas. De esta forma, se busca que la detección de posibles riesgos se haga de manera preventiva y no solo reactiva cuando el viajero ya se encuentra en la zona de desembarque.
Finalmente, el gremio de la infraestructura reiteró su disposición para seguir modernizando los aeropuertos del país, adaptándolos a los nuevos desafíos globales. No obstante, recalcaron que la efectividad de las alertas sanitarias dependerá siempre de la celeridad con la que el sector público despliegue sus equipos médicos en las terminales, funcionando el concesionario únicamente como el soporte logístico que permite que esa intervención ocurra sin contratiempos. Con esta aclaración, se espera que las futuras mesas de trabajo entre el Gobierno y los operadores privados se centren en protocolos de apoyo mutuo, respetando siempre el marco legal que rige las concesiones en Colombia.
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