El hecho: El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la resolución del Dapre que habilitaba fines de semana y festivos para adelantar procesos contractuales antes del cambio de gobierno.
¿Por qué es importante?: Porque frena una medida del Gobierno al considerar que podría vulnerar los derechos laborales de los servidores públicos y contradecir la normativa vigente.
¿Cuál es el contexto?: La resolución buscaba acelerar los procesos de contratación durante el empalme entre gobiernos, pero fue demandada por presunta falta de sustento legal.
¿A quiénes afecta y cómo?: A las entidades del Gobierno nacional y a los servidores públicos involucrados en procesos contractuales, quienes ya no deberán laborar en esos días bajo esa resolución.
El dato que no se puede perder: El Consejo de Estado concluyó que el Dapre no demostró una emergencia o necesidad extraordinaria que justificara habilitar fines de semana y festivos sin reconocer horas extras o remuneración adicional.

El Consejo de Estado suspendió de manera provisional la Resolución 0478 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), que había declarado como hábiles varios sábados, domingos y días festivos entre el 11 de julio y el 2 de agosto de 2026 para adelantar procesos precontractuales y contractuales antes del cambio de gobierno. La decisión frena, por ahora, los efectos de la medida impulsada por el Ejecutivo.
El alto tribunal consideró que la resolución desconocía el Decreto-Ley 1042 de 1978, que regula la jornada laboral de los servidores públicos. Según el despacho, aunque el Dapre ordenó programar labores durante esos días no hábiles, también estableció que no habría reconocimiento de horas extras ni remuneración adicional, lo que vulneraría los derechos laborales de los funcionarios.
La medida cautelar fue adoptada por el magistrado William Barrera Muñoz bajo el argumento de que, si se seguía el trámite ordinario, la resolución perdería vigencia el próximo 2 de agosto, antes de que pudiera emitirse un fallo de fondo, haciendo ineficaz el control judicial.
La suspensión responde a una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe. Colombia), que cuestionó la legalidad de la resolución al considerar que el proceso de empalme entre gobiernos no constituye una circunstancia excepcional que justifique ampliar la jornada laboral ni habilitar fines de semana y festivos para acelerar actuaciones contractuales y administrativas.
En su decisión, el Consejo de Estado también señaló que el Dapre sustentó la medida en argumentos generales relacionados con el empalme gubernamental, sin demostrar la existencia de una emergencia o una necesidad extraordinaria del servicio que justificara modificar el régimen laboral de los servidores públicos.
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