Corte Constitucional rechaza solicitud del Ministerio de Energía sobre norma de deducción de regalías

Con esta determinación se deja en firme la posición del alto tribunal, con relación a la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas.

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Después de tantas especulaciones, la Corte Constitucional con la ponencia de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger rechazó las pretensiones del Ministerio de Energía y Minas, con la que buscaba revivir que las empresas no pudieran deducir las regalías del impuesto de renta de los explotadores de recursos naturales no renovables.

“La Sala Plenaria rechazó la solicitud de nulidad por incumplimiento de la carga argumentativa mínima que permite resolver de fondo este tipo de solicitudes”, se lee en el documento de la Corte.

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Panorama general: Esta entidad durante su respuesta expresó que en esta solicitud no encontró argumentos una violación probada y trascendental de este proceso. Por su parte, agregó que esta propuesta se enfocaba en controvertir la decisión tomada por la mayoría de la Sala Plena.

“Se concluyó que los argumentos presentados en la solicitud de la nulidad se orientaban a controvertir el remedio adoptado por la Sala Plena ante la inconstitucionalidad de la norma controlada”, indicó este ente de control.

Así las cosas, se deja en firme la posición del alto tribunal con relación a la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta, de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.

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¿Cuál era el objetivo del Ministerio de Minas con la norma sobre la deducción de regalías?

Contexto: Cabe señalar que el objetivo de esta cartera era que las empresas no pudieran deducir las regalías del impuesto de renta, pues argumentaban que actualmente hay una incongruencia entre la parte motiva y resolutiva.

“En opinión del Ministerio, la Corte no consideró que la prohibición de deducción de las reglas garantizaba la integridad de las mismas, prevista en el artículo 360 de la constitución política”, fue otra de las razones de la cartera para que se aprobara esta reglamentación.

A parte de este proceso, la Corte Constitucional se encuentra en trámite con otro recurso del Ministerio de Hacienda, el cual su resultado podría conocerse en los próximos días.

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