Declaración de renta 2026: conozca los NIT que deben declarar esta semana ante la DIAN

Entre el 14 y el 18 de septiembre, los contribuyentes deben cumplir con la obligación fiscal del año gravable 2025.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) avanza a paso firme con el calendario tributario para las personas naturales. Entre este lunes 14 y el viernes 18 de septiembre de 2026, los contribuyentes cuyos documentos de identidad finalicen en determinados dígitos deberán cumplir con la presentación de la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025.

El proceso, que dio inicio el pasado 12 de agosto, contempla una meta ambiciosa: se espera que más de 7 millones de colombianos declaren las operaciones financieras realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. De hecho, durante el primer mes del calendario, la entidad reportó que un total de 3.551.718 contribuyentes ya cumplieron con esta obligación fiscal.

Panorama general: La DIAN recordó que la declaración debe reflejar con absoluta fidelidad la realidad económica del ciudadano. Alterar las cifras o incurrir en maniobras fraudulentas puede acarrear graves consecuencias legales.

Conforme al artículo 434A del Código Penal colombiano, se tipifican como delitos conductas como la inclusión de deudas inexistentes, la subdeclaración de activos por debajo de su valor real o la omisión deliberada de bienes. Estas irregularidades, que son denunciadas formalmente por la DIAN a través de su comité de calificaciones de peticiones especiales, conllevan penas privativas de la libertad que oscilan entre los 4 y 13 años de prisión, acompañadas de multas económicas.

Aunque el marco normativo permite subsanar la situación mediante el pago de los impuestos, sanciones e intereses adeudados, la acción penal contempla un límite de oportunidades. En caso de que un contribuyente reincida por tercera ocasión en estas conductas delictivas, la pena de prisión se tornará de cumplimiento obligatorio, permitiendo únicamente reducciones parciales en la condena.

DIAN avanza con el calendario de declaración de renta: plazos del 14 al 18 de septiembre de 2026

DIAN avanza con el calendario de declaración de renta: plazos del 14 al 18 de septiembre de 2026
Foto: Redes sociales

La programación de la DIAN estipula plazos rigurosos basados en los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT). Para los próximos días, el calendario quedó distribuido de la siguiente manera:

  • Lunes 14 de septiembre: NIT terminados en 45 y 46.

  • Martes 15 de septiembre: NIT terminados en 47 y 48.

  • Miércoles 16 de septiembre: NIT terminados en 50 (aplica para los terminados en 49 y 50).

  • Jueves 17 de septiembre: NIT terminados en 51 y 52.

  • Viernes 18 de septiembre: NIT terminados en 53 y 54.

Las autoridades recomiendan a los ciudadanos verificar con antelación sus fechas límite para evitar sanciones económicas por extemporaneidad.

Por qué es importante: La obligación de tributar no recae sobre todos los ciudadanos, sino sobre aquellos que superen ciertos topes económicos fijados para el cierre del año gravable 2025. Entre las condiciones determinantes se encuentran:

  • Poseer un patrimonio bruto superior a 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT), cifra que equivale a $224.096.000.

  • Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($69.719.000).

  • Realizar consumos con tarjeta de crédito por encima de 1.400 UVT ($69.719.000).

  • Efectuar compras y consumos totales que superen los 1.400 UVT ($69.719.000).

  • Acumular consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por encima de 1.400 UVT ($69.719.000).

  • Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del 31 de diciembre de 2025.

Antes de proceder con el diligenciamiento, los expertos aconsejan realizar una revisión exhaustiva de la información financiera propia y la reportada por terceros. Es indispensable contar con el Registro Único Tributario (RUT) debidamente actualizado y contrastar los extractos de ingresos, inversiones, pasivos y movimientos bancarios. Cada contribuyente es el responsable directo de garantizar la veracidad de los datos presentados ante la administración tributaria.

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