Tras el festivo del Día del Trabajo, los colombianos se preparan para un nuevo puente en el calendario, el próximo lunes 18 de mayo será día festivo en todo el país, una fecha que no solo impacta el turismo y el comercio, sino que también genera dudas entre trabajadores sobre cómo se debe pagar si se labora durante esa jornada.
El festivo corresponde a la Ascensión del Señor, una celebración de origen religioso que hace parte del calendario católico y que conmemora, según la tradición cristiana, la subida de Jesucristo al cielo cuarenta días después de la resurrección. Aunque su fecha original cae en jueves, en Colombia se traslada al lunes siguiente gracias a la Ley 51 de 1983, conocida como Ley Emiliani.
Este mecanismo permite crear fines de semana largos que dinamizan distintos sectores económicos. En cada puente festivo, destinos turísticos, restaurantes y hoteles registran un aumento en la demanda, especialmente en regiones cercanas a grandes ciudades y en municipios con tradición religiosa.
Conozca cómo se paga si trabaja el próximo festivo en Colombia
Sin embargo, más allá del descanso, el festivo también tiene implicaciones laborales importantes. En Colombia, trabajar un día festivo implica el pago de un recargo adicional, ya que se trata de una jornada considerada de descanso obligatorio.
Con la implementación gradual de la reforma laboral, ese recargo ha tenido cambios recientes. Actualmente, el trabajo en domingos y festivos se remunera con un 80 % adicional sobre el valor de la hora ordinaria, cifra que aumentará progresivamente en los próximos años.
Tomando como referencia el salario mínimo vigente en 2026, que se ubica en 1.750.905 pesos sin incluir el auxilio de transporte, el valor de la hora ordinaria ronda los 7.959 pesos. Al aplicar el recargo del 80 %, cada hora trabajada en un festivo como el 18 de mayo puede llegar a pagarse alrededor de 14.300 pesos.
Esto significa que un trabajador que cumpla una jornada completa de ocho horas durante ese lunes festivo podría recibir cerca de 114.000 pesos por ese día, aunque el monto final puede variar dependiendo del tipo de contrato, acuerdos laborales y condiciones específicas del empleo.

Además, el pago puede ser aún mayor si la jornada se realiza en horario nocturno. La normativa vigente establece un recargo adicional del 35 % para el trabajo en horas de la noche, lo que se suma al porcentaje correspondiente por ser festivo. En esos casos, la remuneración final aumenta de manera significativa.
Los cambios no se detienen ahí, la reforma laboral contempla un incremento progresivo de los recargos dominicales y festivos: desde julio de 2026 subirán al 90 % y, posteriormente, alcanzarán el 100 % en 2027. El objetivo es mejorar las condiciones económicas de quienes deben trabajar en días tradicionalmente destinados al descanso.
Estos ajustes impactan especialmente a sectores que operan de forma continua, como el comercio, la salud, el transporte, la seguridad privada y la industria gastronómica, donde es habitual que los empleados trabajen fines de semana y festivos.
Las autoridades laborales han reiterado que el pago de estos recargos es obligatorio y que su incumplimiento puede derivar en sanciones para las empresas. Por eso, recomiendan a los trabajadores verificar sus liquidaciones y, en caso de inconsistencias, acudir a los canales oficiales del Ministerio de Trabajo.
En medio de este panorama, el festivo del 18 de mayo no solo representa una oportunidad de descanso o turismo para muchos, sino también una jornada laboral clave para otros, que deberán recibir una compensación acorde con la normativa vigente.
