Los contribuyentes de la capital del Atlántico deben estar atentos al pago de sus obligaciones en este año, dado que el Distrito de Barranquilla ha definido las fechas de vencimiento para el pago y declaración del Impuesto de Industria y Comercio en Barranquilla en 2025.
Estas disposiciones buscan facilitar el cumplimiento de los contribuyentes mediante herramientas digitales y plazos organizados de acuerdo al último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Los contribuyentes están obligados a utilizar los formatos electrónicos dispuestos en la página oficial de la Alcaldía de Barranquilla para declarar y pagar este impuesto y sus complementarios, como Avisos y Tableros y la Sobretasa Bomberil.
La plataforma permite realizar la presentación de las declaraciones, ya sea mensual, bimestral o anual, y efectuar los pagos a través de medios electrónicos como PSE o con tarjetas de crédito, lo que simplifica el proceso y promueve la transparencia fiscal.
Detalles del Impuesto de Industria y Comercio en Barranquilla en 2025
Para quienes deben presentar y pagar la declaración anual del Impuesto de Industria y Comercio correspondiente al año gravable 2024, las fechas límite dependen del último dígito del NIT del declarante. Según la Resolución 000001 de 2023, los plazos son los siguientes:
- Dígito 0: 14 de febrero
- Dígito 9: 17 de febrero
- Dígito 8: 18 de febrero
- Dígito 7: 19 de febrero
- Dígito 6: 20 de febrero
- Dígito 5: 21 de febrero
- Dígito 4: 24 de febrero
- Dígito 3: 25 de febrero
- Dígito 2: 26 de febrero
- Dígito 1: 27 de febrero
Es fundamental que los contribuyentes cumplan con estas fechas para evitar sanciones económicas.
Declaración y pago bimestral: Régimen común
Para los contribuyentes del régimen común, la declaración y el pago de retenciones y autorretenciones deberán realizarse de manera bimestral durante 2025. Las fechas específicas, también definidas por el último dígito del NIT, son las siguientes:
- Bimestre 1 (enero y febrero): entre el 17 y el 31 de marzo de 2025.
- Bimestre 2 (marzo y abril): entre el 19 y el 30 de mayo de 2025.
- Bimestre 3 (mayo y junio): entre el 18 y el 31 de julio de 2025.
- Bimestre 4 (julio y agosto): entre el 17 y el 30 de septiembre de 2025.
- Bimestre 5 (septiembre y octubre): entre el 14 y el 28 de noviembre de 2025.
- Bimestre 6 (noviembre y diciembre): entre el 19 y el 30 de enero de 2026.
Estas mismas fechas aplican para los complementarios, como Avisos y Tableros y la Sobretasa Bomberil.
Declaración y pago bimestral: Régimen simplificado
Para los contribuyentes del régimen simplificado preferencial, las fechas de vencimiento son más concretas y corresponden al último día hábil de cada periodo bimestral:
- Bimestre 1 (enero y febrero): 31 de marzo de 2025.
- Bimestre 2 (marzo y abril): 30 de mayo de 2025.
- Bimestre 3 (mayo y junio): 31 de julio de 2025.
- Bimestre 4 (julio y agosto): 30 de septiembre de 2025.
- Bimestre 5 (septiembre y octubre): 28 de noviembre de 2025.
- Bimestre 6 (noviembre y diciembre): 30 de enero de 2026.
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Simplificación a través de medios digitales
La digitalización del proceso es una de las apuestas de la Alcaldía de Barranquilla para mejorar la gestión tributaria. A través de su plataforma web, los contribuyentes pueden realizar todos los trámites relacionados con el Impuesto de Industria y Comercio, evitando filas y trámites presenciales.
Esta iniciativa no solo agiliza los procedimientos, sino que también contribuye a la sostenibilidad y eficiencia administrativa del Distrito.
Cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con el Impuesto de Industria y Comercio en Barranquilla en 2025 es clave para evitar sanciones y garantizar el buen funcionamiento de la ciudad. Las herramientas digitales y los plazos claros son aliados para que tanto empresas como personas naturales puedan estar al día con sus tributos.
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