La jugada de Uribe al renunciar a prescripción por proceso en su contra

Y es que Uribe Vélez renunció a la prescripción del proceso, decisión que se conoce cuando faltan unos 52 días para que venza el plazo legal para que haya una sentencia en firme en su proceso, conociéndose que es el 16 de octubre.

Foto: Redes sociales

Luego del nuevo giro del caso del expresidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez, cuando el Tribunal Superior de Bogotá le otorgará libertad y fallara a favor de una tutela presentada por la defensa del expresidente de Colombia, en la mañana de este lunes 25 de agosto el también exgobernador de Antioquia radicó un escrito ante ese mismo Tribunal en el que toma una decisión de fondo dentro del caso que se le sigue por soborno a testigos y fraude procesal.

Y es que Uribe Vélez renunció a la prescripción del proceso, decisión que se conoce cuando faltan 52 días para que venza el plazo legal para que haya una sentencia en firme en su proceso, conociéndose que es el 16 de octubre.

«La prescripción de la acción penal, que nunca he buscado y de la que no quiero beneficiarme, no puede privarle la oportunidad a la Sala de tener las condiciones materiales mínimas para proferir un fallo que, independientemente de su sentido, sea el resultado de un análisis sereno, ponderado e integral de la prueba», expresa la carta al Tribunal que revisa la apelación de su condena en primera instancia a 12 años.

Agrega: «Pido entonces, Honorables Magistrados, acepten, en los términos del artículo 85 del Código Penal, la renuncia que hago al derecho de verme favorecido por la prescripción de la acción penal y que adopten, en mí caso, la decisión de fondo que en derecho corresponda, conforme sólo a lo probado en juicio, a lo que ordena la ley y lo que sea justo», se lee en el documento.

La jugada de Uribe al renunciar a preescripción por proceso en su contra

«En ese sentido, sería hipócrita de mi parte reclamar mí derecho a ser escuchado, en procura de la verdad, y pretender que ello se realice por la Sala de forma real y adecuada, en un término bastante inferior a aquel que se requiere sólo para tener la oportunidad de escuchar todas las audiencias, revisar los alegatos de conclusión, estudiar el fallo de primera instancia y cotejar, uno a uno, los errores atribuidos al fallo en tres impugnaciones, contrastándolos con los alegatos de los no recurrentes», señaló Álvaro Uribe.

Añadió: “Estimo, con respeto, que ese derecho a ser oído no fue respetado materialmente por la primera instancia. Eso se aprecia en el fallo que, a pesar de extenso, echó de menos la valoración de gran parte de los hechos probados en juicio».

Por otro lado, cabe recordar que En la providencia, el alto Tribunal determinó que se vulneró el derecho fundamental a la libertad individual de Uribe, por lo que ordenó expedir de manera inmediata la boleta de libertad en favor del exmandatario, mientras se resuelve en segunda instancia el recurso de apelación presentado contra la sentencia de primera instancia que lo condenó.

“Amparar el derecho fundamental a la libertad individual del ciudadano Álvaro Uribe Vélez”, señala la decisión. Asimismo, se dispuso dejar sin efecto el numeral cuarto del fallo del 1º de agosto de 2025 que ordenaba su privación inmediata de la libertad.

El Tribunal fue enfático en que su decisión no significa la terminación del proceso penal contra el expresidente, sino que se trata de una medida de protección de garantías mientras se resuelve de fondo la apelación interpuesta.

Adicionalmente, se ordenó notificar la decisión conforme al artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. En caso de que no sea impugnada, la sentencia será remitida a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

El proceso contra Álvaro Uribe Vélez ha marcado un hito en la historia judicial y política del país. Se trata de la primera vez que un expresidente colombiano enfrenta una condena en el ámbito penal, lo que ha polarizado el debate nacional.

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