La OIT aprueba el primer convenio mundial para regular el trabajo en plataformas digitales

En un giro histórico para el mercado laboral tecnológico, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) dio luz verde al Convenio Nro. 193, el primer tratado vinculante a nivel global diseñado para proteger los derechos de los trabajadores de aplicaciones

Compartir

¿Cuál es el contexto?: La economía digital ya no operará en un vacío legal. En una votación histórica durante la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) dio luz verde al Convenio Nro. 193, el primer pacto mundial diseñado específicamente para regular el empleo en plataformas digitales. La medida busca dotar de garantías mínimas a un sector que, según estimaciones del Banco Mundial, engloba a más de 435 millones de personas en todo el planeta.

El nuevo texto normativo responde a una transformación drástica del mercado laboral, donde repartidores, conductores y profesionales de tareas en línea han quedado frecuentemente desprotegidos ante la falta de legislaciones claras. Con un respaldo abrumador de 406 votos a favor, apenas 8 en contra y 36 abstenciones, el tratado establece directrices internacionales para frenar la precariedad en el empleo autónomo tecnológico o gig economy.

Qué es el Convenio 193 de la OIT y qué cambia en la relación entre las plataformas y sus colaboradores?

Por primera vez en la historia del derecho internacional, un documento vinculante regula la denominada gestión algorítmica. Las corporaciones tecnológicas que administran estas aplicaciones ya no podrán operar de forma opaca. Bajo el nuevo marco normativo, las plataformas quedan obligadas a transparentar los criterios automatizados con los que evalúan, monitorean y asignan los encargos a sus colaboradores.

Qué es el Convenio 193 de la OIT y qué cambia en la relación entre las plataformas y sus colaboradores?
Foto: redes sociales

El convenio introduce formalmente la exigencia de salvaguardas humanas. Esto significa que cualquier resolución de gran impacto que afecte negativamente al trabajador como el impago de un servicio, suspensiones temporales o la desactivación definitiva de sus cuentas deberá contar obligatoriamente con una revisión ejecutada por una persona real, garantizando el derecho a réplica y a una explicación por escrito.

Uno de los debates más intensos a nivel global ha sido la clasificación legal de este personal, comúnmente catalogado por las empresas como contratistas independientes para evitar cargas prestacionales. El tratado de la OIT aborda este dilema exigiendo a las naciones firmantes implementar mecanismos efectivos que determinen la naturaleza real de la relación laboral basándose en los hechos (cómo se ejecuta y se remunera el oficio) y no en el contrato firmado.

Independientemente de si el trabajador es considerado formalmente un empleado asalariado o un contratista, el convenio dicta derechos básicos irrenunciables:

  • Remuneración justa: Pago íntegro, puntual y cumplimiento de salarios mínimos legales (excluyendo propinas).

  • Reembolso de gastos: Cobertura de los costos operativos derivados de la actividad (combustible, mantenimiento, herramientas digitales).

  • Seguridad social: Acceso a sistemas de protección ante accidentes de trabajo, salud y pensiones en condiciones equivalentes a otros sectores.

  • Sindicalización: Garantías plenas para la libre asociación, la negociación colectiva y la resolución democrática de disputas.

Pese al entusiasmo de las organizaciones sindicales, el texto no es de aplicación automática. Al igual que cualquier normativa de la OIT, el Convenio Nro. 193 compromete únicamente a los Estados miembros que decidan ratificarlo formalmente en sus congresos o asambleas nacionales durante los próximos meses. Las delegaciones gubernamentales de naciones como Estados Unidos y Nueva Zelanda votaron en contra, mientras que India y el Reino Unido optaron por la abstención, lo que anticipa una adopción heterogénea en diferentes regiones del globo.

Voceros del sector laboral señalaron que, si bien el articulado final no acoge la totalidad de las demandas históricas de los repartidores y conductores, constituye una plataforma jurídica sin precedentes para impulsar reformas internas, realizar auditorías de inspección y corregir las clasificaciones contractuales fraudulentas en cada país.

Lea también : ¿Por dónde ver Brasil vs. Marruecos en vivo? Canales y plataformas de streaming y horario

Última hora

Te recomendamos

Le puede interesar