En un esfuerzo por depurar el control vial y erradicar prácticas percibidas puramente como mecanismos de recaudación, el Gobierno Nacional ha decidido poner fin a los vacíos normativos que facilitaban los abusos en las carreteras del país. Mediante la expedición de la resolución número 20263040036655, el Ministerio de Transporte derogó formalmente la Circular 867 de 2025, estableciendo un marco estricto que regula el uso de los denominados «carros cazafotomultas».
Panorama general: La medida responde de manera directa a una instrucción del presidente Abelardo De La Espriella, cuyo objetivo central es reorientar la tecnología hacia la protección de la vida y no hacia la sorpresa o el castigo económico desmedido contra los ciudadanos. «Hemos tomado estas acciones siguiendo la instrucción que nos dio el presidente Abelardo De La Espriella de ponerle freno a los abusos asociados al uso de los ‘carros cazafotomultas’. El Presidente ha sido claro: las fotomultas deben servir para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos», afirmó categóricamente la ministra de Transporte, Elsa Noguera
El problema tuvo su origen en la expedición de la Circular 867 del 24 de diciembre de 2025. Dicha normativa introdujo exigencias que no estaban contempladas en la ley y generó una confusión conceptual peligrosa al mezclar dos realidades distintas: las cámaras automáticas de fotodetección fijas o móviles autorizadas, y los dispositivos tecnológicos empleados simplemente como herramientas de apoyo para la labor de los agentes de tránsito.
En la práctica, esta ambigüedad abrió la puerta para que automóviles equipados con cámaras recorrieran las calles detectando infracciones y generando comparendos posteriores sin cumplir con los rigurosos requisitos legales ni contar con el aval técnico de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), exigido estrictamente para los sistemas de fotodetección.
Gobierno de Abelardo de la Espriella frena abusos de «carros cazafotomultas» con nueva resolución

Para la ministra Noguera, este tipo de prácticas desvirtuaban el sentido pedagógico y preventivo de la seguridad vial. «Cuando un vehículo se esconde para tomar una fotografía sin que el conductor lo vea, no está logrando que reduzca la velocidad ni evitando un riesgo en la vía. La tecnología debe ayudar a prevenir, no simplemente a sancionar», puntualizó.
Con la nueva resolución del Ministerio de Transporte, el panorama queda delimitado bajo dos escenarios claros y diferenciados:
Como apoyo al control en vía: Si los dispositivos tecnológicos y cámaras se emplean desde un vehículo en circulación o apostado en las calles como apoyo directo, será estrictamente obligatorio que esté presente, visible e identificado un agente de tránsito. Es este funcionario quien debe operar de manera directa el equipo y expedir el comparendo en el momento.
Como sistemas de fotodetección automática: Si la cámara opera de forma automatizada, sin la intervención presencial de un agente de tránsito al momento de registrar la infracción y generando el comparendo con posterioridad, el sistema deberá contar ineludiblemente con la autorización previa de la ANSV. Esto implica cumplir cabalmente con una justificación técnica rigurosa, operar exclusivamente en puntos autorizados, portar la señalización visible exigida por la ley y acogerse a la normatividad vigente.
Por qué es importante: Para garantizar el cumplimiento efectivo de esta directriz, el Ministerio de Transporte impartió instrucciones precisas al Sistema Integrado de Información de Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT), ordenándole abstenerse de registrar aquellas órdenes de comparendo generadas mediante vehículos que incumplan las condiciones estipuladas.
Asimismo, la Superintendencia de Transporte asumirá un rol fiscalizador activo para vigilar el acatamiento de la medida, abriendo investigaciones disciplinarias y administrativas contra aquellas autoridades de tránsito que persistan en utilizar estos sistemas de manera irregular.
Desde el Gobierno aclararon que esta decisión bajo ningún punto de vista busca desproteger las vías ni elimina a las cámaras de fotodetección que operan en absoluta legalidad. Lo que se busca, en esencia, es trazar una línea infranqueable entre el uso legítimo de la innovación tecnológica para cuidar a los actores viales y aquellas prácticas desleales orientadas al recaudo masivo.
«Con esta decisión estamos poniendo orden en las vías: la tecnología debe estar al servicio de la seguridad de los colombianos y el control de tránsito debe cumplir su verdadero propósito: prevenir accidentes y salvar vidas», concluyó la ministra Noguera.
