La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia protegió la sentencia que obliga a varias instituciones dentro de la Iglesia católica a entregar información sobre investigaciones y denuncias por abuso sexual de menores de edad por parte de sacerdotes. Además, según la Corte, deben entregar los detalles sobre todos los clérigos que entran a dichas instituciones.
De esta forma, la Corte expidió el Auto 1228 del 9 de septiembre de 2026, el cual resolvió las solicitudes de nulidad, aclaración y otras herramientas empleadas por un conjunto de arquidiócesis y otras instituciones pertenecientes a la Iglesia católica.
El resultado, expuesto en la sentencia SU-184 de 2025 aún se mantiene. En ese documento se evidencian 50 expedientes para proteger los derechos de petición y acceso a la información tramitados por periodistas.
La sentencia de la corte también estipula las ocasiones en las cuales se deben entregar algunos documentos, a pesar de tener un carácter semiprivado.
El papel del periodismo en las investigaciones contra la Iglesia católica
El sector periodístico desempeñó un papel fundamental, en lo que representa una lucha jurídica entre la prensa y la Iglesia en Colombia. Juan Pablo Barrientos y Miguel Ángel Estupiñán fueron los protagonistas de este pedido a la Corte.
El resultado jurídico dio como vencedores a los periodistas, quienes investigan presuntos casos de abusos sexuales dentro de la institución religiosa. En el caso de Barrientos, la historia se remonta a hace ocho años, con los esfuerzos para determinar cuántos sacerdotes han sido denunciados o se han visto involucrados en señalamientos de acceso carnal violento contra menores de edad.
Barrientos, quien publica sus investigaciones en CasaMacondo, celebró la decisión.
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“La decisión representa un nuevo respaldo judicial a una investigación periodística que se ha enfrentado a las dificultades de acceso a documentos y registros bajo custodia de instituciones eclesiásticas. Su importancia trasciende el litigio entre periodistas e Iglesia y plantea una pregunta fundamental: ¿hasta dónde puede extenderse la reserva de los archivos de una institución cuando la información que contienen puede contribuir a proteger a niños, niñas y adolescentes?”, publica CasaMacondo en su página web.
Como explica CasaMacondo, ahora “las diócesis y comunidades religiosas deberán cumplir las órdenes de entrega de información impartidas en la sentencia SU-184 de 2025, que el Auto 1282 de 2026 mantiene en firme. La nueva providencia no establece un plazo general adicional para entregar los archivos: el cumplimiento debe examinarse conforme a las órdenes aplicables a cada expediente”.
¡Estoy muy emocionado! Le ganamos a la Iglesia católica. El @episcopadocol tendrá que entregar #ElArchivoSecreto. Esta ha sido una lucha de ocho años que hoy llega a feliz término. Gracias, @CConstitucional.
— Juan Pablo Barrientos (@JPBarrientosH) October 22, 2026
¿Qué dice la Iglesia ante esta orden de la Corte?
Cuando la Corte emitió la sentencia SU-184 de 2025, la Conferencia Episcopal de Colombia emitió un comunicado con las declaraciones de los obispos colombianos al respecto.
En dicho pronunciamiento, se cuestionó la entrega de hojas de vida y otros detalles de miembros de la Iglesia católica colombiana.
Al respecto, la entidad religiosa declaró que los miembros de la Conferencia “Argumentaron que dicha petición se funda en una ‘presunción generalizada de mala fe contraria a la presunción de inocencia’, constituyendo un estereotipo que implica discriminación”.
Sin embargo, la Conferencia informó en ese entonces que el acceso a la información y la transparencia es fundamental “pero deben darse en el marco del respeto a la dignidad humana, la libertad religiosa, la legalidad, la honra y la presunción de inocencia”.
Hasta el momento, la Conferencia Episcopal de Colombia no se ha pronunciado a raíz del rechazo a sus solicitudes en la Corte.
