Uno de los componentes cruciales dentro del Sistema de Gestión y Seguridad en el Trabajo radica en el Registro de Salud y Seguridad en el Trabajo. Este es un Registro de Autoevaluaciones y Planes de Mejoramiento que todas las empresas y contratantes del país tienen la obligación anual de elaborar y remitir al Ministerio de Trabajo y a su respectiva Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
La circular 093 de este año, emitida por la cartera de trabajo, ha divulgado las fechas específicas en las cuales las entidades pertinentes deben realizar este envío a través de la plataforma designada. A continuación, se presenta la información más destacada sobre el procedimiento para realizar dicho registro:
¿Cuándo deben remitir este informe en el Registro de Salud y Seguridad en el Trabajo?
Empresas y contratantes de cualquier tamaño o sector económico en el país deben enviar el reporte entre el 18 y el 29 de diciembre de 2023 o, alternativamente, entre el 1 de febrero y el 29 de marzo del próximo año.
¿Qué implica el informe?
Este informe constituye un documento que todas las empresas deben transmitir al Ministerio de Trabajo y a sus respectivas Administradoras de Riesgos Laborales (ARL). El mismo, de acuerdo con las características de cada entidad, resume el estado en que se encuentran en términos de seguridad y prevención de accidentes laborales.
Las ARL auditan este documento para verificar y controlar el cumplimiento de los reportes. Este registro se realiza a través de la plataforma del Ministerio, disponible en https://sgrl.mintrabajo.gov.co/.
¿Qué es la tabla?
La Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión es la categorización que las empresas y sus profesionales en seguridad en el trabajo deben completar. Los resultados obtenidos de esta tabla otorgan una calificación a cada compañía en función del estado interno para mitigar riesgos laborales y, en caso necesario, los planes de acción para corregir deficiencias.
Diego Arenas, analista de seguridad y salud en el trabajo de Centro Jurídico Internacional, afirmó que «Además de ser una obligación ante el Ministerio, cumplir con el reporte y las recomendaciones que se generan posterior al mismo, identificar las fallas que cada empresa tiene en materia de seguridad y salud en el trabajo, este cumplimiento es un beneficio para las empresas. Aplicar las mejoras permitirá a los empresarios o contratantes generar espacios laborales más sanos, seguros, a prevenir multas y accidentes».
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