El choque intelectual entre el constitucionalista Mauricio Gaona y el ministro de Justicia Eduardo Montealegre estalló cuando el Gobierno expidió el Decreto 0639 de 2025, con el que el presidente Gustavo Petro intentó convocar una consulta popular pese al voto negativo del Senado.
Pese a los múltiples mensajes del presidente Petro, el Consejo de Estado suspendió este decreto el 18 de junio por falta del concepto favorable exigido en el artículo 104 de la Constitución, reactivando la discusión sobre la separación de poderes y la figura del “control constitucional difuso”.
Quién es quién en el debate sobre la consulta popular
Mauricio Gaona
Abogado del Externado, doctor en Derechos Humanos por McGill y Harvard y becario de investigación en temas de constitucionalismo comparado. Es hijo del magistrado Manuel Gaona Cruz —asesinado en la toma del Palacio de Justicia de 1985— y ha sido asesor de la Fiscalía y del Consejo de Estado. Su trayectoria académica y el antecedente familiar lo han llevado a defender de forma militante la separación de poderes.
Eduardo Montealegre
Ibaguereño, 67 años, abogado del Externado y doctor en Derecho por la Universidad de Bonn; ex-magistrado de la Corte Constitucional (2001-2004) y fiscal general (2012-2016). Fue nombrado ministro de Justicia el 10 de junio de 2025 con la misión de destrabar las reformas sociales del Gobierno Petro y es reconocido por su uso creativo del derecho para respaldar iniciativas presidenciales.
El presidente Petro firmó el Decreto 0639 el 11 de junio, convocando a las urnas el próximo 7 de agosto para preguntar a los ciudadanos sobre su reforma laboral y otros puntos de política social. El texto se basó en el artículo 4 (supremacía constitucional) y en la llamada “excepción de inconstitucionalidad” para dejar sin efecto la negativa del Senado emitida el 14 de mayo (49 votos contra 47).
Los críticos recordaron que el artículo 104 de la Carta exige firma de todos los ministros y concepto previo favorable del Senado para cualquier consulta presidencial. “Sin ese aval, el decreto es un ‘exabrupto’ que rompe el equilibrio de poderes”, advirtió Gaona en carta abierta.
Este miércoles, la Sección Quinta del Consejo de Estado admitió múltiples demandas y decretó suspensión provisional del Decreto 0639 el 18 de junio porque “carece del requisito constitucional indispensable del concepto favorable del Senado”. El tribunal enfatizó que la consulta es un acto “electoral” sujeto a su control contencioso y que la inobservancia del artículo 104 vicia el decreto ab initio.
📜@consejodeestado suspende Decreto 0639 de 2025 «Por el cual se convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones»
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— Consejo de Estado (@consejodeestado) June 18, 2025
La decisión representa un revés para Montealegre, quien había defendido la legalidad del decreto alegando que el presidente podía inaplicar la votación legislativa mediante control constitucional difuso. Petro reaccionó acusando al registrador Hernán Penagos de “sedición” por negarse a tramitar la consulta mientras pesaran demandas, aunque insinuó que retiraría el decreto si el Congreso aprueba la reforma laboral.
El cara a cara entre Gaona y Montealegre
Estos fueron los puntos principales del debate realizado por La W entre Gaona y el ministro Montealegre, sobre la controversia de la Consulta Popular. Muchos oyentes e internautas calificaron como una clase magistral de Gaona a Montealegre.
¿Quién puede ejercer control constitucional?
Gaona sostuvo que “no es posible decir que el presidente de Colombia ejerce un control difuso” porque la figura, nacida en Marbury v. Madison (1803), se difunde “entre los jueces, no entre todas las autoridades públicas”. Afirmó que otorgársela al Ejecutivo “resulta un exabrupto jurídico” que contraría la separación de poderes.
Montealegre replicó que el gran legado de Marbury es reconocer que “la Constitución es norma jurídica” y que en Colombia la excepción de inconstitucionalidad no se limita a los jueces, pues el artículo 4 ordena inaplicar cualquier acto inferior que choque con la Carta. “Jamás he dicho que el presidente sea juez, pero puede apartar un acto inconstitucional”, puntualizó.
Supremacía vs. separación de poderes
Para Gaona, invocar el artículo 4 “no deroga la separación de poderes”; más bien, “el presidente se está arrogando competencias de Congreso y Corte Constitucional” —una práctica que comparó con el “poder unificado” de la Constitución china de 1982—.
Montealegre respondió que si se admiten controles judiciales sobre el Congreso, también cabe el control administrativo sobre actos legislativos cuando vulneran la Constitución, porque “la separación de poderes implica, necesariamente, la filosofía del control”.
El fantasma de la Constituyente
Gaona alertó que la consulta sería solo la antesala de una “asamblea popular constituyente con quórum relativo”, un mecanismo que —dijo— han usado regímenes autoritarios para consolidar poder. Montealegre admitió que el Gobierno estudia la Constituyente como “plan B”, precisando que la Constitución permite una iniciativa ciudadana si el Congreso bloquea la ley de convocatoria, siempre que la respalden al menos 8 millones de firmas.
Las claves del debate entre Mauricio Gaona y Eduardo Montealegre
Separación de poderes en el centro del debate. Gaona invoca a Montesquieu para defender que ningún órgano puede invadir competencias ajenas, mientras Montealegre cita a Hans Kelsen y a la doctrina alemana para ensanchar la noción de control constitucional.
Supremacía constitucional como arma de doble filo. Ambos aceptan que la Constitución está por encima de la ley, pero discrepan en quién puede hacerla valer.
Precedentes internacionales versus derecho interno. Gaona recorre constituciones de EE. UU., Francia y Perú para mostrar que el control difuso se reserva a jueces; Montealegre recuerda fallos de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que han permitido a autoridades administrativas inaplicar normas inferiores.
Impacto político inmediato. La suspensión judicial revitaliza al Congreso mientras el Gobierno apuesta a que la Corte Constitucional revierta el fallo o avale una Constituyente.
La opinión pública movilizada. El hashtag #LecciónDeGaona dominó Twitter, mientras oficialistas impulsaron #ConsultaEsDelPueblo. El debate, retransmitido por La W, registró picos de audiencia superiores a un millón de oyentes.
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¿Qué viene ahora para la Consulta Popular?
Si el Consejo de Estado confirma la suspensión en el fallo de fondo, el Ejecutivo tendría tres rutas:
Negociar en el Congreso la aprobación de la reforma laboral, desactivando la consulta.
Insistir ante la Corte Constitucional en la validez del control difuso, arriesgándose a un precedente que limite futuros usos de la excepción de inconstitucionalidad.
Impulsar la Constituyente por iniciativa popular, lo que exigiría una masiva recolección de firmas y reabriría la discusión sobre los límites de la democracia directa.
El pulso entre Gaona y Montealegre no es solo un duelo retórico: expone dos visiones de la democracia colombiana. Para Gaona, la fortaleza institucional depende de preservar la división de poderes; para Montealegre, la legitimidad se refuerza cuando la supremacía de la Constitución permite al Ejecutivo sortear bloqueos legislativos.
La medida cautelar del Consejo de Estado inclina la balanza hacia la primera tesis, pero la última palabra la tendrá la Corte Constitucional. Entre tanto, el país observa si la consulta popular será epílogo o prólogo de una reforma más profunda del régimen político.
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