El Ministerio de Salud ha emitido un decreto crucial para asegurar la continuidad en la prestación de servicios de salud a los afiliados de EPS en liquidación o que se vean afectadas por su retiro o intervención. Esta medida busca proteger a los usuarios frente a las interrupciones derivadas de liquidaciones voluntarias, revocaciones de autorización de funcionamiento o intervenciones forzosas.
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Nuevo decreto del Ministerio de Salud para garantizar la continuidad de servicios en EPS en liquidación
Panorama general: El decreto introduce cambios significativos en las reglas de asignación forzosa, asegurando que, en casos de liquidación o retiro parcial o total de una EPS, exista al menos una EPS receptora en los municipios afectados. Esta disposición tiene como objetivo primordial garantizar la continuidad del aseguramiento y la prestación de servicios de salud a la población afectada, minimizando así las disrupciones en el acceso a la atención médica.
Una de las novedades del decreto es la posibilidad para los afiliados del régimen subsidiado, que adquieran condiciones para cotizar, de permanecer en su EPS actual. Estos afiliados podrán pagar los aportes obligatorios del régimen contributivo sin necesidad de cambiar de entidad, lo que facilita la transición y evita la interrupción de sus servicios de salud.
Por qué es importante: El decreto aborda la problemática de las EPS del régimen contributivo que reciben afiliados del régimen subsidiado sin cumplir con las normativas correspondientes. Según datos del Ministerio de Salud, hasta abril de 2024, hay 5,29 millones de afiliados del régimen subsidiado en EPS del régimen contributivo que no cumplen con las exigencias normativas.
Para corregir esta situación, las EPS del régimen contributivo que deseen mantener a los afiliados del régimen subsidiado deberán obtener autorización de la Superintendencia Nacional de Salud para operar en ambos regímenes. Esta medida asegura que las EPS cumplan con las normativas necesarias para ofrecer servicios adecuados y recibir los recursos correspondientes.
«Por lo anterior, si las EPS del régimen contributivo tienen la intención de mantener afiliados del régimen subsidiado, deberán solicitar ante la Superintendencia Nacional de Salud la autorización para operar en ambos regímenes», especificó la entidad.