Renta 2025: ¿quiénes deben declarar según la normatividad vigente en Colombia?

La DIAN recordó que entre el 1 y el 30 de septiembre se cumplirán los plazos para un amplio grupo de ciudadanos, quienes deberán verificar si cumplen con las condiciones legales para presentar su declaración y evitar sanciones económicas.

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La temporada de declaración de renta para personas naturales continúa su curso, y septiembre se perfila como un mes clave dentro del calendario tributario. De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025 se vencerán los plazos para aquellos contribuyentes cuyos dos últimos dígitos de la cédula o del NIT estén comprendidos entre el 27 y el 70.

La entidad ha reiterado el llamado a los ciudadanos para revisar con anticipación si están obligados a declarar, con el fin de evitar contratiempos y sanciones. La presentación extemporánea genera multas e intereses moratorios que afectan directamente el bolsillo de los contribuyentes.

Calendario tributario 2025: plazos de declaración de renta según cédula o NIT

No todos los ciudadanos deben presentar la declaración de renta. Según la normatividad vigente, deberán hacerlo quienes cumplan con alguna de las siguientes condiciones a 31 de diciembre de 2024:

  • Haber sido responsables del impuesto sobre las ventas (IVA).

  • Contar con un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($211.793.000).

  • Tener ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($65.891.000) durante el año.

  • Haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($65.891.000).

  • Que el valor total de compras y consumos en 2024 supere los 1.400 UVT ($65.891.000).

  • Que las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superen el mismo umbral de 1.400 UVT ($65.891.000).

Fechas de vencimiento en septiembre

Calendario tributario 2025: plazos de declaración de renta según cédula o NIT

El cronograma oficial establece que los vencimientos se distribuyen así, según los dos últimos dígitos de la cédula o NIT:

  • 01 de septiembre: dígitos 27 y 28

  • 02 de septiembre: dígitos 29 y 30

  • 03 de septiembre: dígitos 31 y 32

  • 04 de septiembre: dígitos 33 y 34

  • 05 de septiembre: dígitos 35 y 36

  • 08 de septiembre: dígitos 37 y 38

  • 09 de septiembre: dígitos 39 y 40

  • 10 de septiembre: dígitos 41 y 42

  • 11 de septiembre: dígitos 43 y 44

  • 12 de septiembre: dígitos 45 y 46

  • 15 de septiembre: dígitos 47 y 48

  • 16 de septiembre: dígitos 49 y 50

  • 17 de septiembre: dígitos 51 y 52

  • 18 de septiembre: dígitos 53 y 54

  • 19 de septiembre: dígitos 55 y 56

  • 22 de septiembre: dígitos 57 y 58

  • 23 de septiembre: dígitos 59 y 60

  • 24 de septiembre: dígitos 61 y 62

  • 25 de septiembre: dígitos 63 y 64

  • 26 de septiembre: dígitos 65 y 66

  • 29 de septiembre: dígitos 67 y 68

  • 30 de septiembre: dígitos 69 y 70

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Este calendario forma parte del plan progresivo que la DIAN ha diseñado para garantizar el cumplimiento oportuno y evitar congestiones en la plataforma electrónica.

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