Tras nueva reforma tributaria, presidente podría eliminar entidades de la Rama Ejecutiva

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La reforma tributaria sigue generando polémicas y comentarios a su alrededor, ya que son muchas las variantes que tendría en caso de ser aprobada y que afectaría de alguna manera el bolsillo de los ciudadanos.


Por: Redacción 360 Radio

El texto de la reforma tributaria que será presentada al Congreso de la República propone que el presidente de la República tenga facultades extraordinarias para que en el término de seis meses – contados a partir de la fecha de la publicación del proyecto de ley – expida normas que permitan suprimir, fusionar, reestructurar y modificar entidades, organismos y dependencias de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional.

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También podría disponer de la fusión, escisión o disolución y consiguiente liquidación de entidades públicas, sociedades de economía mixta, sociedades descentralizadas indirectas y asociaciones de las organizaciones públicas donde exista participación de entidades públicas del orden nacional.

Además, modificarían presupuestales necesarios para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para cumplir las funciones que asignan las entidades escindidas, suprimidas, fusionadas, reestructuradas, modificados o disueltas en desarrollo de las facultades otorgadas por la ley.

Es decir, determinaría la adscripción o vinculación de las entidades, organismos y dependencias de la rama ejecutiva del poder público del orden nacional.

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De acuerdo con el documento que espera aprobación del Congreso, las facultades extraordinarias otorgadas no facultan al presidente para modificar total o parcialmente la estructura de la Contraloría de la República, Fiscalía General de la Nación y Procuraduría General de la Nación, ya que estas facultades serían ejercidas con el fin de garantizar la eficiencia en la prestación del servicio público.

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El presidente determinaría la planta de personal necesaria para el funcionamiento de las entidades escindidas, suprimidas, fusionadas, reestructuradas, modificadas o disueltas en el desarrollo de las facultades que otorga la ley. La reforma plantea que el gobierno garantice la protección de los derechos laborales de las personas vinculadas a las diferentes entidades del Estado.

Por otra parte, durante las vigencias 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 el crecimiento anual de los gastos de personal y de adquisición de bienes y servicios de los órganos que conforman el Presupuesto General de la nación no superaría en ninguno de los casos la meta de inflación esperada para cada año en el Marco Fiscal de Mediano Plazo

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Con base en el punto anterior, el gobierno prorrogará la aplicación temporal de la disposición y se situaría a la fuerza pública en razón de los ascensos, incrementos en el pie de fuerza y demás modificaciones en las plantas de personal propio de su naturaleza y asociados con el cumplimiento de su misión, además, exceptúan la modificación de las plantas de personal de las entidades que disminuyan sus contratos de prestación de servicios en el mismo valor que implique la modificación de la planta de personal.

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