ABC de la reglamentación del Gobierno para que privados adquieran vacunas

Vacunación
Foto: Colsubsidio

El Gobierno del presidente Iván Duque expidió un decreto con el cual reglamentan las alianzas estratégicas prioritarias con empresas para la adquisición de vacunas en contra del COVID-19.


Por: Redacción 360 Radio

Según la normativa, las alianzas se celebrarán con la Unidad Nacional para la Gestión del riesgo de Desastres por medio de convenios, que deberán establecer, como mínimo, los siguientes aspectos:

  1. Las reglas de selección entre las vacunas disponibles en el mercado internacional y que tengan Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia (ASUE) otorgada por el Invima.
  2. La forma en la que distribuirán las dosis una vez sean importadas al territorio colombiano.
  3. El protocolo o las reglas para la conservación, almacenamiento y aplicación de las vacunas adquiridas a través de prestadores de servicios de salud que tengan habilitado el servicio de vacunación.
  4. La entrega de los aportes al Fondo para la Mitigación de Emergencias (FOME).
  5. La obligación de las personas jurídicas de derecho privado, o personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado firmantes, de cubrir todos los costos asociados a las vacunas, entre otros, el valor por dosis, su transporte, almacenamiento, administración y disposición final.
  6. Las reglas en materia de asignación de riesgos.

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La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres entregará a las empresas las vacunas adquiridas a través de diferentes alianzas estratégicas y deberán definir la población beneficiaria, conforme a lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social.

De acuerdo con el decreto, “como garantía de la disponibilidad de recursos para solicitar la oferta al laboratorio fabricante y estimar la cantidad de dosis demandadas, la UNGRD podrá requerir que los recursos a ser girados al FOME, se pongan a disposición en un patrimonio autónomo irrevocable”.

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