Ya no será fácil hacerse el enfermo: MinTrabajo pone nueva regla a incapacidades

El Ministerio del Trabajo endurece las evaluaciones médicas y sanciona a quienes incumplan.

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El Ministerio del Trabajo emitió recientemente la Resolución 1843 del 29 de abril de 2025, una normativa que redefine y endurece los lineamientos en torno a las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de incapacidades laborales en Colombia.

La medida, aunque tiene como objetivo mejorar la vigilancia de la salud de los trabajadores y establecer condiciones laborales más dignas, ha despertado preocupación entre empleadores y prestadores de servicios médicos debido a sus posibles impactos financieros y operativos.

Panorama general: Según la cartera laboral, esta resolución responde a la necesidad de actualizar y fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica en el entorno laboral, asegurando una atención médica especializada y un manejo transparente de las historias clínicas ocupacionales. El documento establece nuevas responsabilidades para empleadores, trabajadores, médicos y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), con sanciones importantes para quienes incumplan.

Uno de los cambios más relevantes es la obligatoriedad de realizar evaluaciones médicas ocupacionales en seis momentos específicos:

  1. Pre-ingreso

  2. Periódicas (programadas o por cambio de ocupación)

  3. De egreso

  4. Post-incapacidad

  5. Por retorno laboral

  6. De seguimiento o control

Estas evaluaciones deberán ser realizadas exclusivamente por médicos especializados en seguridad y salud en el trabajo, quienes además deben contar con licencia vigente. El objetivo es detectar de forma temprana cualquier condición que pueda afectar el desempeño del trabajador y adaptar las condiciones laborales a sus capacidades.

Resolución 1843 del 2025: nuevas reglas para evaluaciones médicas e incapacidades laborales

Ya no será fácil hacerse el enfermo: MinTrabajo pone nueva regla a incapacidades

Por qué es importante: La normativa pone especial atención en trabajos considerados de alto riesgo, como labores en alturas, manipulación de sustancias peligrosas o preparación de alimentos. En estos casos, las evaluaciones deben incluir pruebas adicionales para garantizar que el trabajador cumple con los requisitos físicos y mentales necesarios.

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Se prohíbe expresamente la solicitud de pruebas discriminatorias, como las de embarazo o VIH, salvo en escenarios en que se comprometa la seguridad de terceros. El incumplimiento de esta disposición puede generar multas de hasta 2.455 UVT, equivalentes a aproximadamente $122 millones de pesos.

La resolución establece que el empleador es responsable de asumir el costo total de las evaluaciones médicas y cualquier prueba complementaria. Además, debe adaptar las condiciones laborales según las recomendaciones médicas emitidas. En caso de incumplimiento, la empresa no solo se expone a sanciones económicas, sino también a procesos legales si se demuestra que el trabajador ha sufrido un daño por negligencia o falta de atención médica.

Responsabilidades para ARL y trabajadores

Las Administradoras de Riesgos Laborales deben prestar asistencia técnica a las empresas para implementar adecuadamente los sistemas de vigilancia epidemiológica. Las ARL que no cumplan también podrán ser sancionadas por las autoridades laborales.

Por su parte, los trabajadores están obligados a asistir a todas las evaluaciones programadas y acatar las recomendaciones médicas. El incumplimiento de esta disposición podría derivar en sanciones internas o incluso despidos justificados, según lo estipula la nueva normativa.

Historia clínica: confidencial y bajo custodia médica

Un punto clave de la resolución es el manejo de la historia clínica ocupacional. Esta debe permanecer confidencial y solo podrá ser compartida con terceros si el trabajador autoriza o por mandato judicial. Su custodia recae únicamente en los prestadores de servicios médicos, y la divulgación indebida será considerada una infracción grave.

Un avance en salud laboral, pero con retos para las empresas

Desde el Ministerio del Trabajo aseguran que esta resolución es un paso clave para la protección de los derechos laborales. “El principal objetivo del Ministerio del Trabajo, siempre será proteger la salud de las trabajadoras y los trabajadores de Colombia. Con esta resolución se está asegurando que se responda a las necesidades del país y se convierta en una herramienta efectiva para la prevención de la enfermedad laboral y la promoción de la salud”, afirmaron voceros oficiales.

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No obstante, para las empresas, especialmente aquellas con alta rotación de personal o que operan en sectores de riesgo, la implementación de esta normativa implicará una reorganización interna, mayores recursos en salud ocupacional, más controles médicos, pausas activas e incluso viáticos para quienes deban desplazarse a realizar evaluaciones.

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