La ley de sometimiento, una de las iniciativas centrales de la política de seguridad del Gobierno del presidente de Colombia, Abelardo De la Espriella, avanzó en el Congreso tras una jornada de discusión que se extendió por cerca de 10 horas. Durante la sesión se votaron las ponencias y los 28 artículos del proyecto, cuyo ponente principal fue el senador Hernán Cadavid, del Centro Democrático.
El trámite se desarrolló en medio de la salida del ministro del Interior, Rodrigo Lara, un cambio que desplazó la atención sobre esta propuesta y dejó en incertidumbre el calendario del estatuto antiterrorista, la otra iniciativa con la que el Ejecutivo busca complementar su estrategia de seguridad.
El articulado aprobado conservó buena parte de la estructura presentada inicialmente por los ministros Iván Cancino, de Justicia, y Lara, aunque incorporó modificaciones en los plazos de aplicación, las condiciones de acceso a los beneficios y las garantías para las víctimas.
Ley de sometimiento: la vigencia y las penas tuvieron cambios durante el debate
Uno de los principales ajustes estuvo relacionado con la duración de la ley de sometimiento. La propuesta original contemplaba una vigencia de 10 años, una disposición cuestionada por sectores de la oposición, debido a que podía extender la política de sometimiento más allá del periodo presidencial actual.
Finalmente, se acogió una proposición para limitar su aplicación a cuatro años, en correspondencia con el mandato de De la Espriella. Con este cambio, la siguiente administración podrá definir su propia estrategia frente a los grupos armados organizados, sin quedar condicionada por una vigencia de una década.
Las penas por lavado de activos y reclutamiento de menores
Las penas efectivas para quienes busquen acogerse a la ruta de sometimiento por delitos relacionados con lavado de activos también fueron modificadas. Mientras el texto inicial contemplaba un año de prisión efectiva, la versión debatida elevó ese periodo a un mínimo de tres años, antes de avanzar hacia la posibilidad de libertad condicional prevista en el proyecto.
Otro punto abordado fue el tratamiento de los responsables de reclutamiento forzado de menores de edad. Aunque inicialmente se planteaba excluirlos de esta ruta, el articulado terminó permitiendo beneficios de reducción de penas de hasta el 30 % para integrantes ordinarios y del 10 % para cabecillas, bajo las condiciones establecidas en la propuesta.
Más condiciones para acceder a los beneficios en la ley de sometimiento
El proyecto incorporó disposiciones para precisar las exigencias de verdad y colaboración con la justicia que deberán cumplir quienes pretendan ingresar al mecanismo. La intención de estos ajustes es establecer condiciones más claras para acceder a los beneficios contemplados en la iniciativa.
También se incluyeron medidas relacionadas con los derechos de las víctimas, entre ellas una protección especial de su intimidad en casos de violencia sexual. Además, se estableció que la Defensoría del Pueblo deberá ofrecer asesoría y, cuando corresponda, posible representación jurídica a las víctimas que requieran acompañamiento.
El texto mantiene igualmente restricciones políticas para quienes se sometan a esta ruta, equivalentes a las que se aplican actualmente a las personas condenadas mediante el proceso penal ordinario.
Aunque se fusionaron algunos artículos y se introdujeron modificaciones puntuales, la estructura general de la iniciativa se mantuvo. El proyecto busca establecer una vía jurídica para el sometimiento de integrantes de grupos armados organizados, con condiciones específicas sobre penas, colaboración judicial y atención a las víctimas, mientras continúa su trámite legislativo.
