El Hecho: La Procuraduría General de la Nación requirió de manera urgente a la ANLA para que defina las medidas sobre la modificación temporal de las reglas de operación del embalse de Hidroituango.
¿Por qué es importante?: Busca prevenir riesgos en las reservas nacionales de energía ante un posible déficit hídrico extremo provocado por el fenómeno de El Niño a comienzos de 2027.
¿Cuál es el contexto?: La solicitud fue radicada el 12 de junio de 2026 (expediente LAM2233); actualmente, bajo la Resolución 2306 de 2019 el llenado tomaría 187 días, mientras que con la Resolución 1891 de 2009 se reduciría a 50 días.
¿A quiénes afecta y cómo?: Involcula al sistema energético nacional y exige a la autoridad ambiental un estricto control operativo para proteger la estabilidad de la presa y las comunidades.
¿El dato que no se puede perder?: El Ministerio Público otorgó un plazo improrrogable de cinco días hábiles para que la ANLA detalle el estado del trámite y los criterios técnicos de la decisión.
Ante la inminencia de los efectos del fenómeno de El Niño y su impacto directo sobre el suministro de agua y la generación eléctrica del país, el Ministerio Público encendió las alarmas. La Procuraduría General de la Nación requirió a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para que defina de manera urgente las medidas que adoptará frente a la solicitud de modificar temporalmente las reglas de operación del embalse de Hidroituango.
La petición cobra relevancia debido al potencial riesgo que un déficit hídrico extremo representaría para las reservas nacionales de energía a comienzos de 2027.
Panorama general: La solicitud de modificación fue radicada el pasado 12 de junio de 2026 bajo el expediente LAM2233. Aunque el órgano de control ya había requerido información a la ANLA el 24 de junio, la falta de una respuesta definitiva motivó este nuevo llamado, otorgando un plazo improrrogable de cinco días hábiles para que la entidad ambiental detalle el estado del trámite y los criterios técnicos que lo respaldan.
El nudo central del expediente gira en torno al tiempo estipulado para alcanzar la cota de 420 metros sobre el nivel del mar. De acuerdo con los cálculos del sector:
Bajo la Resolución 2306 de 2019 (vigente actualmente), el llenado del embalse tomaría en promedio 187 días.
Bajo la Resolución 1891 de 2009, el proceso se reduciría a tan solo 50 días.
Las modelaciones técnicas presentadas en el proceso advierten que una demora prolongada limitaría considerablemente el volumen de agua almacenable durante la época de menores aportes hídricos. Esto restaría capacidad de maniobra al Sistema Interconectado Nacional (SIN) y pondría en riesgo las reservas hídricas para los primeros meses del próximo año.
Crisis hídrica: Ministerio Público otorga plazo a la ANLA por modificación en Hidroituango

Más allá de los plazos operativos, la Procuraduría exigió a la autoridad ambiental que ponga sobre la mesa un esquema de contingencia riguroso. El Ministerio Público solicitó especificar los criterios técnicos, jurídicos y ambientales que fundamentan la decisión que está por tomarse.
Asimismo, el ente de control pidió detalles concretos sobre:
El manejo estricto de los caudales de descarga.
La garantía innegociable del caudal ecológico del río Cauca.
El monitoreo permanente sobre la estabilidad de la presa y del macizo rocoso.
Finalmente, el organismo requirió un cronograma detallado que permita conocer cuándo la ANLA adoptará una decisión de fondo, un paso considerado clave para blindar al país frente a las contingencias climáticas que se avecinan.
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